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Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
Heráclito
25-01-2014, 17:32:17
Curioso. El primer argumento de no estar en consonancia la legislación nacional con la interamericana de derechos humanos ha pasado a un segundo plano. Variados argumentos fueron tenidos en cuenta para aceptar las diversas tutelas como haber irrespetado los derechos del elector.

Pero hay uno que puede ser determinante y es el de las tutelas unificadas en el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca y es la violación al derecho de defensa. Según el ente, la Procuraduría no le permitió a Petro presentar pruebas determinantes como el testimonio de Emilio Tapia quien manifiesta la existencia de un complot contra el burgomaestre.

Le corresponde ahora, en segunda instancia, conocer del caso al Consejo Nacional de la Judicatura mientras, por su lado, el Consejo de Estado hará lo propio con las tutelas presentadas ante el Tribunal de Cundinamarca, dos altas entidades que bien pueden dictar fallos contradictorios, alargando el litigio hasta que la Corte Constitucional se pronuncie.

Petro tiene aire al menos hasta abril y cada día cuenta.

Petro no tuvo el legítimo derecho de defensa: Judicatura

En el fallo de las 323 tutelas se advierte que no se practicaron todas la pruebas necesarias para un proceso ajustado a la ley.

Luego de la tormenta viene la calma, pero para la Procuraduría parece que no será así. El Consejo seccional de la judicatura unificó 323 tutelas interpuestas al fallo disciplinario contra el alcalde Gustavo Petro, y luego procedió a fallarlas a favor del burgomaestre, además haciendo fuertes ll
amados de atención al Ministerio Público.

El fallo, de 80 páginas, que profirió la Sala Jurisdiccional de la Sala Disciplinaria, manifiesta que la Procuraduría "no le permitió el ejercicio del derecho de defensa en debida forma" al alcalde Petro Urrego, "al denegarle las pruebas solicitadas dentro del trámite del proceso".

Uno de los argumentos se basa en el testimonio del polémico contratista Emilio Tapia, declaración que no fue tenida en cuenta por la Procuraduría en el proceso. Tapia aseguró a la que se organizó una especie de complot en contra del alcalde cuando este anuncio que iba a cancelar los contratos con los operadores privados.

Respecto a esto la Judicatura señaló, "se trataba de una prueba importante (el testimonio de Tapia) para la decisión porque sus declaraciones ante la fiscalía conocidas de primera mano por Procuraduría han debido llevarse al proceso, y ni siquiera ante la tardía petición del burgomaestre fue decretado de oficio su testimonio, ni solicitadas a la fiscalía en el proceso penal que seguía".

"Por otra parte se observa que no se permitió el ejercicio del derecho a la defensa, al denegarse las pruebas solicitadas dentro del trámite del proceso. Nótese que la procuraduría decreta tener como prueba un concepto técnico de la misma entidad, pasando por alto que la secretaria de ambiente conceptuó que no se dio daño ambiental, y denegando tener como prueba un concepto técnico de la Universidad Nacional", precisa el fallo

Por último la Sala deja en claro que "no pueden pasar inadvertidas las violaciones a los derechos fundamentales de las y los accionantes, porque al no llevarse un debido proceso afectó sus derechos políticos elegir".

En ese orden de ideas deberán ser muchos los dolores de cabeza en la Procuraduría por este cúmulo de tutelas que frenan la ejecución del fallo y dejan al alcalde Petro adportas de una elección para revocarle su mandato.

Fuente: Semana

Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
Sanabria
26-01-2014, 00:24:11
pobresito "aureliano", tan bueno que era...