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Ver la Versión Completa Con Imagenes : Gran movilización de apoyo al Alcalde de Bogotá y contra Procurador fascista


Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
PEDROELGRANDE
13-12-2013, 13:24:01
http://imagezilla.net/thumbs2/rFOUfbr-ad02bd42509c810a1535f79fb38655b3_tn.jpg (http://imagezilla.net/show/rFOUfbr-ad02bd42509c810a1535f79fb38655b3.jpg)


Por sanción contra alcalde Gustavo Petro
Petristas, a la espera de la gran movilización
Uno de los mayores temores del Gobierno Santos es que la situación de orden público se les salga de las manos a las autoridades distritales.
Por: Redacción Bogotá y Política

Petristas, a la espera de la gran movilización
Ríos de personas que partan desde el Parque Fundacional de Usaquén, el Parkway o la Casa de la Cultura de Ciudad Bolívar para agolparse en el centro de la ciudad y protestar pacíficamente por la sanción que la Procuraduría aplicó contra Gustavo Petro: esa es la imagen con la que el alcalde de Bogotá se fue a dormir anoche. Es la imagen de “la más grande movilización de la historia” que prometió Petro para este viernes 13 de diciembre. Es una apuesta del todo por el todo y, aunque quienes han visto al mandatario local a lo largo de esta semana insisten en que luce calmado, del éxito de su convocatoria depende que esa tranquilidad no lo abandone.
Esta semana, en la Alcaldía, se vivieron dos agendas: por una parte, la habitual —presupuesto, decretos y planes de acción— y, por la otra, una cuya consigna fue “¡Por la paz y la democracia, Petro se queda!”. Esa segunda agenda empezó el miércoles en la tarde con una convocatoria para conformar un equipo único de comunicaciones que coordinará el trabajo audiovisual, las redes sociales y el monitoreo de noticias. Los petristas, sin embargo, han sido conscientes desde el inicio de que aglutinar a protestantes en la Plaza de Bolívar es simbólico, pero no suficiente. Y por eso hacer presencia en barrios y localidades es igual de importante.
“Que la consigna ‘Petro se queda’ esté en cada cuadra’”, buscan ellos. Por eso quienes apoyan al alcalde han organizado comités y llevado afiches y volantes a los barrios. Se habla del “Plan Manzana”, que no es otra cosa que hacer recorridos para invitar a la manifestación. Y que, quienes no puedan unirse, hagan un cacerolazo desde sus casas. Esa estrategia fue bautizada en redes como “Cacerolazo por la democracia”. Pero el cronograma no se agota hoy. Lo que se está gestando también son las “Novenas por la paz y la democracia”, la “Semana de la indignación juvenil por la paz y la democracia” entre el 26 y el 30 de diciembre y, lo más importante, la “toma nacional de Bogotá”, el 19 de diciembre próximo.
Preocupación presidencial
Lo que esperan los petristas hoy es una cantidad de protestantes que produzcan tanto ruido que hasta el más incrédulo se aturda. Que refuten el fallo de la Procuraduría, con el que Petro fue destituido e inhabilitado por 15 años por cuenta de las irregularidades. Pero la situación de orden público que se puede generar con la movilización, así como la armonía institucional que por estos días parece estar desbordada por el efecto Petro, es una preocupación también de la Presidencia de la República. Fuentes de la Casa de Nariño le contaron a este diario que el presidente Juan Manuel Santos busca mostrar el mayor equilibrio posible ante la coyuntura. Las alarmas, no obstante, están encendidas.
“En el Gobierno están a la expectativa de las protestas de mañana (hoy) para decidir qué línea de acción se tomará, pero les preocupa que el tema de la paz se polarice aún más debido a la destitución de Petro. Por lo pronto, es claro que se debe respetar la decisión de la Procuraduría”, señaló una fuente de Presidencia. La versión oficial, sin embargo, niega que el efecto Petro se esté sintiendo en La Habana: “Por parte del Gobierno no hay ningún tipo de afectación del proceso de paz”, indicó el ministro del Interior, Aurelio Iragorri, quien añadió: “No creo que la decisión del procurador Ordóñez contra el alcalde (Gustavo Petro) sea un golpe al proceso de paz”.
El evento de hoy representa, además, la unión de varias izquierdas. Siete sindicatos están apoyándolo: la CUT, la CGT, la CTC, la USO, Sintrateléfonos y los sindicatos de Acueducto y Salud. Se harán presentes convocados y delegados de la Marcha Patriótica, el Partido Comunista, la Unión Patriótica, Dignidades Campesinas, el Movimiento de Víctimas del Estado, y, por supuesto, la alianza entre el Partido Verde y Progresistas. El Polo Democrático, sin embargo, no hará parte, al menos no institucionalmente: “Es un asunto del fuero de cada cual. Hay mucha gente que está apoyando las marchas y a Petro por lo exorbitante de la decisión del procurador”, le dijo a este diario la candidata presidencial de ese partido, Clara López.
Los defensores del alcalde no pierden la esperanza de que el jefe de Estado logre reversar esta situación sin precedentes. Daniel Prado, asesor legal de Petro, asegura que la Casa de Nariño se va a inundar con cientos de peticiones ciudadanas para que sea él (presidente Santos) , y no el procurador Alejandro Ordóñez, quien tenga la última palabra en este caso. El argumento estrella de los petristas es que, según la Constitución, sólo el presidente puede destituir al alcalde de Bogotá. Los ciudadanos, indicó Prado, también le pedirán a Santos que le dé prioridad a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que permite la limitación de los derechos políticos por condenas penales, pero no dice nada sobre fallos disciplinarios.
La estrategia del barrio
El Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal (IDPAC) ha sido una ficha clave para esta movilización. José Cuesta, subdirector de Asuntos Comunales de la entidad, además de haber liderado la ‘Tutelatón’ (ver pág. 6) ha estado al frente de la convocatoria: “Realizamos 20 asambleas locales y esperamos que lleguen cerca de 100 mil personas a la Plaza de Bolívar. Será una movilización de personas que buscan una lucha civilista”, le dijo a este diario Cuesta. Él agrega que “nada es calculado, todo ha salido del corazón de la gente”. No obstante, algunas de las decisiones relacionadas con la marcha se tomaron en el Comité Distrital de la Bogotá Humana, en el que participaron Petro y representantes de las 20 localidades de la ciudad.
Una de las personas que participó en el Comité Distrital de la Bogotá Humana le contó a este diario que la instrucción que se ha dado para la movilización consiste en “resistir ante cualquier acto de violencia. Por eso crearon una comisión de seguridad y la Guardia Indígena será clave en este proceso: por un lado estará un puesto de mando unificado de las autoridades distritales y, por otro, 500 miembros de la Guardia con bastones y cintas multicolores”. Lo mismo aseguró ante este diario Iván Cepeda, representante del Polo Democrático: “Lo fundamental es que todo lo que se haga, que se haga pacíficamente. Aquí no cabe la violencia”.
En este punto de la historia es innegable que el efecto Petro se está evidenciando tanto adentro como afuera. Mientras el alto comisionado de la ONU para los derechos humanos en Colombia, Todd Howland, le pedía al procurador conocer en detalle el fallo contra el alcalde, un grupo de 15 diputados europeos le hicieron llegar una carta al presidente Juan Manuel Santos. En ésta admitían que “si bien es cierto que ha habido fallos en la implementación de este nuevo sistema (de recolección de basuras), la destitución e inhabilitación del alcalde nos hace pensar que una persecución política podría estar detrás de las razones invocadas sobre su gestión para su destitución”.
El nuevo embajador de Estados Unidos en Colombia, Kevin Whitaker, resultó causando roces diplomáticos luego de expresar que la sanción contra Petro podría “erosionar el proceso de paz”. Voces opositoras, sin embargo, le critican al alcalde que crea que el futuro de las conversaciones en La Habana dependen del suyo. “Todos los ciudadanos debemos seguirnos juiciosamente por la Constitución y la ley”, señaló el personero de Bogotá, Ricardo Cañón. Mientras tanto el procurador, hoy en el ojo del huracán como nunca antes, se ha abstenido a echarle más leña a este fuego y no da declaraciones. Y ayer, mientras la hora cero para la gran movilización se aproximaba, él prefirió alejarse: estaba en Soledad (Atlántico) entregando regalos a familias sin recursos.
La marcha en las redes sociales
La “primavera humana” también se estructuró en las redes sociales. El Espectador indagó en las cuentas y grupos más seguidos por los usuarios y encontró que las convocatorias en Facebook a la Marcha de los Indignados tiene más de 600 asistentes confirmados; en la página Petro No Se Va, de esta misma red social, la cifra de simpatizantes supera los 4.700. Por otra parte, la cuenta de Twitter @PetroSeQueda ha logrado conseguir 4.623 seguidores en los últimos cuatro días y @ApoyoaPetro ha llegado a 1.047 seguidores. Además, en un portal creado por los simpatizantes del movimiento Pro Democracia (que está en contra de la destitución de Petro y que piden la renuncia del procurador general, Alejandro Ordóñez) se han registrado 60.000 firmas y esperan llegar a las 100.000.

Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
Tyler Durden
13-12-2013, 13:25:02
Mano de desocupados marchando por un POLÍTICO
:L

HOMER.
13-12-2013, 13:40:04
ojala esa vaina salga bien, mas allá de todo es bueno ver que de vez en cuando el pueblo intenta impedir uno de tantos abusos del gobierno

INDIVIDUAL
13-12-2013, 14:01:56
http://p1.trrsf.com/image/fget/cf/619/464/images.terra.com/2013/12/10/petro-memes-y-chistes-13.jpg

PEDROELGRANDE
13-12-2013, 14:12:18
http://p1.trrsf.com/image/fget/cf/619/464/images.terra.com/2013/12/10/petro-memes-y-chistes-13.jpg



http://imagezilla.net/thumbs2/1BE1goI-procu-desacato41_tn.jpg (http://imagezilla.net/show/1BE1goI-procu-desacato41.jpg)http://thumbnails110.imagebam.com/29481/d28de0294808031.jpg (http://www.imagebam.com/image/d28de0294808031)

INDIVIDUAL
13-12-2013, 14:17:50
http://static.iris.net.co/facildigital/upload/images/2013/12/9/6561_142546_7.jpg

Heráclito
13-12-2013, 15:31:35
Hay dos cosas claras: así no nos guste, la decisión de primera instancia de la Procuraduría se ajusta a la ley y se debe acatar. Otra cosa es que su desproporción le reste legitimidad y de ahí la justa indignación no sólo de los amigos de Petro, sino de todas las personas que de una u otra forma rechazan estos fallos con tufillo político.

Lo segundo es que la institucionalidad no puede ponerse en juego llamando a movilizaciones que inciten a desconocer una decisión estatal, en este caso proveniente de una autoridad administrativa con poderes disciplinarios.

No podemos caer en la trampa del uribismo, por ejemplo, que llama a desconocer el fallo del Tribunal de La Haya, pese a haberse proferido en estricto derecho. Aquí a Petro se le fueron las luces. Una cosa son manifestaciones espontáneas de respaldo o rechazo y otra bien diferente orquestarlas en propio beneficio.

Es el problema de Petro. Su soberbia y decidir con cabeza caliente. Sume y no reste. Es la víctima, pues pórtese como tal y no como matón de vereda. En juego largo hay desquite y centre sus esfuerzos en agotar los recursos jurídicos en Colombia para luego acudir a la CIDH que, seguramente le darán la razón.

En tres años este procurador será historia y Petro, si sabe jugar bien sus cartas, puede convertirse en un líder presidenciable cuando recupere sus derechos políticos.

PEDROELGRANDE
13-12-2013, 15:59:30
La destitución de Petro deja de ser un hecho jurídico como pretenden afirmarlo, a través de las consabidas leguleyadas; el desarrollo de esta coyuntura política refleja el carácter ideológico del conflicto social que vive la nación reflejado en su ciudad capital, la pugna entre una ciudadanía cada vez más consciente de sus derechos, y de su empoderamiento, con una rancia élite violenta y profundamente corrupta. Por un lado Petro está en la plenitud de su vida política; y por el otro, Él se debe a la ciudadanía que le confió su voto, a su movimiento y en general a la izquierda colombiana y latinoamericana. Así que no es cuestión de soberbias o personalidades atravesadas. El fenómeno social que interesa acá es el del ciudadano realmente indignado de Bogotá y de Colombia....que le pide a cualquiera que lo represente...que no afloje.

SlayerSlave
13-12-2013, 16:10:50
hay dos cosas claras: Así no nos guste, la decisión de primera instancia de la procuraduría se ajusta a la ley y se debe acatar. Otra cosa es que su desproporción le reste legitimidad y de ahí la justa indignación no sólo de los amigos de petro, sino de todas las personas que de una u otra forma rechazan estos fallos con tufillo político.

Lo segundo es que la institucionalidad no puede ponerse en juego llamando a movilizaciones que inciten a desconocer una decisión estatal, en este caso proveniente de una autoridad administrativa con poderes disciplinarios.

No podemos caer en la trampa del uribismo, por ejemplo, que llama a desconocer el fallo del tribunal de la haya, pese a haberse proferido en estricto derecho. Aquí a petro se le fueron las luces. Una cosa son manifestaciones espontáneas de respaldo o rechazo y otra bien diferente orquestarlas en propio beneficio.

Es el problema de petro. Su soberbia y decidir con cabeza caliente. Sume y no reste. Es la víctima, pues pórtese como tal y no como matón de vereda. En juego largo hay desquite y centre sus esfuerzos en agotar los recursos jurídicos en colombia para luego acudir a la cidh que, seguramente le darán la razón.

En tres años este procurador será historia y petro, si sabe jugar bien sus cartas, puede convertirse en un líder presidenciable cuando recupere sus derechos políticos.

muy de acuerdo petro la esta cagando feo, el no tiene por que ponerse en planes de organizar nada de eso, un funcionario y en ese plan,,,,,malo malo

Isidorito
13-12-2013, 16:18:21
Ya se pusieron muy cansones con ese cuento los Rolivianos. Acepten la derrota, elijan a Pacho Santos y ya! Tráguensela!
La capital del país no puede soportar tanta inestabilidad: le quita credibilidad a las inversiones, dificultan la movilidad con sus marchas inútiles, entorpecen los diálogos de paz, debilitan la institucionalidad y la buena imagen cosechada recientemente ante el mundo bajo el gobierno del doctor Juan Manuel Santos.
Tarjeta roja para Petro y sus pendefans! Su cruzada es quijotesca y jamás conseguirán tumbar ese fallo! SE BUSCA ALCALDE.

cianuro de vida
13-12-2013, 16:19:22
ese señor quiere un segundo bogotazo, no se le quita lo guerrillero aun...

PEDROELGRANDE
13-12-2013, 22:59:56
Ya se pusieron muy cansones con ese cuento los Rolivianos. Acepten la derrota, elijan a Pacho Santos y ya! Tráguensela!
La capital del país no puede soportar tanta inestabilidad: le quita credibilidad a las inversiones, dificultan la movilidad con sus marchas inútiles, entorpecen los diálogos de paz, debilitan la institucionalidad y la buena imagen cosechada recientemente ante el mundo bajo el gobierno del doctor Juan Manuel Santos.
Tarjeta roja para Petro y sus pendefans! Su cruzada es quijotesca y jamás conseguirán tumbar ese fallo! SE BUSCA ALCALDE.

¿Tu crees que lo que se busca es tumbar un fallo? ¿es sensato pensar que te dan una pedrada y lo aceptas porque a otros les pareció que fue una pedrada justa?

En serio ¿te preocupan las inversiones? Ah claro ese es el punto... a los corruptos del momento precisamente eso es lo que los lleva a complotarse contra el ciudadano de Bogotá. Qué pito le importan las inversiones de quién a los excluidos de la ciudad. ¿ En serio te parece un acto inútil ejercer la democracia manifestándose de manera pacífica en una marcha? déjalos están en su derecho. Según las realizaciones de esta alcaldía para la imagen positiva de Bogotá han contado las políticas de Petro. Claro es que hay a quienes les gusta una alcaldía para sus intereses; entonces lo único que les interesa es aquellas cifras sobre la especulación económica (las tales inversiones -no se dice que no sea importante, pero eso no es prioridad-), las obras de cemento. Pero como este alcalde prioriza la inversión social...eso no entra dentro del círculo de interés del estrato 33. Otro cuento es el de modernizar la política y garantizar el acceso a los derechos: inclusión social...eso quiere decir que a los LGTB se les acepta y se les respeta...que la política de protección a la mujer debe ser efectiva y real y la discriminación ahacia nuestras mujeres debe desparecer ya, que la vida se respeta empezando por el respeto a los animales, que el medio ambiente es prioridad en la agenda política de este siglo porque implica nada más que nuestra supervivencia, que te traten como ser humano y no como basura que se manda a los botaderos de la periferia de la Ciudad...que la apuesta mayor del presupuesto es la educación porque el capital más importante de una sociedad es su gente...que los hospitales públicos se rescatan porque los estratos 1,2 y 3 tienen derecho a vivir...como dijo Hank° : En fin...

PEDROELGRANDE
13-12-2013, 23:36:53
muy de acuerdo petro la esta cagando feo, el no tiene por que ponerse en planes de organizar nada de eso, un funcionario y en ese plan,,,,,malo malo

hay dos cosas claras: Así no nos guste, la decisión de primera instancia de la procuraduría se ajusta a la ley y se debe acatar. Otra cosa es que su desproporción le reste legitimidad y de ahí la justa indignación no sólo de los amigos de petro, sino de todas las personas que de una u otra forma rechazan estos fallos con tufillo político.

No se ajusta a la norma constitucional y por ello el paralelo con otros fallos sobre destituciones del procurador no es expedito: el procurador violó el art. 323 ( modificado por el Acto Legislativo No 2 de 2002) "En los casos taxativamente señalados por la ley, el Presidente de la República suspenderá o destituirá al alcalde mayor".

De la manera como obró el Procurador se desprende que:

Desobedece la norma Constitucional
Usurpa funciones privativas del Presidente
Destituye "Ipso facto" al alcalde sin probar delito penal alguno y sin el concurso de las autoridades pertinentes (Fiscalía General de la Nación).
Su fallo por desproporcionado además arrasa los derechos políticos del alcalde y de paso el de los ciudadanos que lo eligieron.
Califica como punible en el terreno de lo penal una decisión de carácter político del alcalde la cual correspondía al Voto programático ( ajustes al esquema de recolección de las basuras.)
Obra con sospechosa desmesura al considerar la "muerte política" del alclade por un hecho de carácter plenamente administrativo sin demostrar acto que viole las normas penales.

El Estatuto Orgánico de Bogotá aterriza esta norma que en el debido proceso implica que el Presidente destituye al alcalde mayor a solicitud del procurador.

De allí se desprende que sólo el Presidente puede "terminar" destituyendo al alcalde. Esto no sería posible si el Presidente no "estudia o revisa" las motivaciones penales para darle vía al fallo. Pues es sólo en este caso tan grave que la destitución por vía constitucional podría materializarse.

Parece que el Presidente "ya metió la pata" al manifestar que "acata" el fallo. Lo cual es desafortunado porque el presidente está en este caso facultado por la constitución como máxima autoridad judicial y no tiene que acatar al Procurador si no ratificar el concepto luego de un juicioso estudio de la solicitud del Procurador sustentada en derecho y según debido proceso.
Nada de esto se ha dado.

Como van las cosas no sólo es demandable el Procurador sino "válgame Dios" el señor presidente.

¡La trampa uribista ya está colada!

INDIVIDUAL
14-12-2013, 08:25:54
Las excusas son como los culos
Pedro siempre tiene uno

Tyler Durden
14-12-2013, 08:28:54
Típico de los politiqueros zurdos.
Creen que un ellos representan al pueblo, y que todo lo que le hagan es con el pueblo... se creen intocables.

Raylan Givens
14-12-2013, 08:48:40
El primer reclamo de los zurdos debería ser con el mismo Petro, que se equivocó en su manera de proceder con el tema de las basuras (y que lo llevó a este lío), pero como los borregos solo siguen, a Petro y sus camaradas les queda fácil volver un fallo, una persecusión...

maskedzombie
14-12-2013, 09:02:08
Todo un exito .
El pueblo se ha pronunciado.
Al procurador no le gusta el arcoiris .

PEDROELGRANDE
14-12-2013, 09:02:23
Las excusas son como los culos
Pedro siempre tiene uno


Ah excusas...o sea tu argumento político es la grosería...entonces te das la razón....qué bien...nada algo más tienes qué opinar...

INDIVIDUAL
14-12-2013, 09:07:38
Ah excusas...o sea tu argumento político es la grosería...entonces te das la razón....qué bien...nada algo más tienes qué opinar...

Es un dicho por sí n lo sabía pense que podría entenderlo
Las excusas son como los culos todos tenemos uno....
Siempre se hace el atacado típico de zurdos
Suerte es que le digo

PEDROELGRANDE
14-12-2013, 09:08:06
Típico de los politiqueros zurdos.
Creen que un ellos representan al pueblo, y que todo lo que le hagan es con el pueblo... se creen intocables.

En qué evento la derecha está representando "al pueblo": ¡Felicitaciones usaste esa incómoda palabreja! En el caso "destitución del alcalde" la derecha fascista está representando a la corruptela carruselera que se aferra criminalmente a los impuestos ( leáse el billonario presupuesto de la ciudad) que decentemente pagan los indignados ciudadanos de la capital)

PEDROELGRANDE
14-12-2013, 09:12:10
Es un dicho por sí n lo sabía pense que podría entenderlo
Las excusas son como los culos todos tenemos uno....
Siempre se hace el atacado típico de zurdos
Suerte es que le digo

Pues a través de "un dicho" nada cambia la letra constitucional sobre el asunto "destitución de Petro". A cambio huele muy feo esa postura de rebatir lo ideológico y lo jurídico con el obseno recurso.

Heráclito
14-12-2013, 14:32:34
hay dos cosas claras: Así no nos guste, la decisión de primera instancia de la procuraduría se ajusta a la ley y se debe acatar. Otra cosa es que su desproporción le reste legitimidad y de ahí la justa indignación no sólo de los amigos de petro, sino de todas las personas que de una u otra forma rechazan estos fallos con tufillo político.

No se ajusta a la norma constitucional y por ello el paralelo con otros fallos sobre destituciones del procurador no es expedito: el procurador violó el art. 323 ( modificado por el Acto Legislativo No 2 de 2002) "En los casos taxativamente señalados por la ley, el Presidente de la República suspenderá o destituirá al alcalde mayor".

De la manera como obró el Procurador se desprende que:

Desobedece la norma Constitucional
Usurpa funciones privativas del Presidente
Destituye "Ipso facto" al alcalde sin probar delito penal alguno y sin el concurso de las autoridades pertinentes (Fiscalía General de la Nación).
Su fallo por desproporcionado además arrasa los derechos políticos del alcalde y de paso el de los ciudadanos que lo eligieron.
Califica como punible en el terreno de lo penal una decisión de carácter político del alcalde la cual correspondía al Voto programático ( ajustes al esquema de recolección de las basuras.)
Obra con sospechosa desmesura al considerar la "muerte política" del alclade por un hecho de carácter plenamente administrativo sin demostrar acto que viole las normas penales.

El Estatuto Orgánico de Bogotá aterriza esta norma que en el debido proceso implica que el Presidente destituye al alcalde mayor a solicitud del procurador.

De allí se desprende que sólo el Presidente puede "terminar" destituyendo al alcalde. Esto no sería posible si el Presidente no "estudia o revisa" las motivaciones penales para darle vía al fallo. Pues es sólo en este caso tan grave que la destitución por vía constitucional podría materializarse.

Parece que el Presidente "ya metió la pata" al manifestar que "acata" el fallo. Lo cual es desafortunado porque el presidente está en este caso facultado por la constitución como máxima autoridad judicial y no tiene que acatar al Procurador si no ratificar el concepto luego de un juicioso estudio de la solicitud del Procurador sustentada en derecho y según debido proceso.
Nada de esto se ha dado.

Como van las cosas no sólo es demandable el Procurador sino "válgame Dios" el señor presidente.

¡La trampa uribista ya está colada!

No confundas peras con manzanas. Una cosa es la decisión administrativa y otra su ejecución. La Procuraduría tiene como facultad constitucional sancionar a funcionarios por faltas disciplinarias, pero para ejecutarla debe oficiar al superior jerárquico para que la haga efectiva. Como el alcalde de Bogotá pertenece a la Rama ejecutiva del poder público y quien está a la cabeza de dicha rama es el presidente de la República, le corresponde a éste ejecutar la sanción administrativa de la Procuraduría. Si no lo hace estaría violando la ley y podría acarrearle incluso investigaciones penales.

HOMER.
14-12-2013, 14:44:26
No confundas peras con manzanas. Una cosa es la decisión administrativa y otra su ejecución. La Procuraduría tiene como facultad constitucional sancionar a funcionarios por faltas disciplinarias, pero para ejecutarla debe oficiar al superior jerárquico para que la haga efectiva. Como el alcalde de Bogotá pertenece a la Rama ejecutiva del poder público y quien está a la cabeza de dicha rama es el presidente de la República, le corresponde a éste ejecutar la sanción administrativa de la Procuraduría. Si no lo hace estaría violando la ley y podría acarrearle incluso investigaciones penales.

a ver heraclito, una pregunta ya que en realidad ignoro todo esto acerca de este tipo de procedimientos, ¿así se sepa que la sentencia del procurador no es totalmente apegada a la ley el presidente debe ejecutarla? ¿no hay ninguna circunstancia bajo la cual el presidente pueda legalmente no hacerla efectiva? ¿petro debe esperar a la ejecución de su sanción para poder hacer uso de los recursos que le otorga la ley para tratar de borrar su sentencia? ¿por que si al parecer es claro que la decision del procurador viola la constitución tiene la legitimidad suficiente para que deba ser ejecutada?

pues a mi la verdad me asaltan estas dudas, quizás para la gente que entiende mas del tema sean tonterías pero pues seguramente no soy solo yo el que tiene dudas al respecto, y ya que no es un tema sin relevancia seria bueno poder despejarlas

$Rick Genest$
14-12-2013, 14:50:51
Ya dejen la pelea ome!!!
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PEDROELGRANDE
14-12-2013, 17:11:59
No confundas peras con manzanas. Una cosa es la decisión administrativa y otra su ejecución. La Procuraduría tiene como facultad constitucional sancionar a funcionarios por faltas disciplinarias, pero para ejecutarla debe oficiar al superior jerárquico para que la haga efectiva. Como el alcalde de Bogotá pertenece a la Rama ejecutiva del poder público y quien está a la cabeza de dicha rama es el presidente de la República, le corresponde a éste ejecutar la sanción administrativa de la Procuraduría. Si no lo hace estaría violando la ley y podría acarrearle incluso investigaciones penales.

No hay confusión alguna. Es preciso que eso es lo que desean los enemigos del alcalde. Como en muchos otros casos la inquina del funcionario Procurador es evidente. Y esto es lo grave para las instituciones democráticas. El señor inquisidor (ninguna de las acciones de progresistas entra dentro de su marco de referencia premodernista ¿harina de otro costal?) quedó años luz de ejercer la función disciplinante para pasar a liquidar a quien considera un adversario político (no será que ¿anda calculando la presidencia?...bueno hilando demasiado fino).

El nervio del asunto es el mismo que ya se ventila en las cortes: quien está facultado constitucionalmente para destituir a un Alcalde Mayor es el presidente no el Procurador por más General que sea. Sí claro, la solicitud debió elevarla previamente el señor Ordóñez a la presidencia; y es acá donde (además de otras graves razones) se configuran sí, varios actos contrarios a las normas y a la Constitución Nacional. En lo administrativo: una crasa violación del debido proceso y de los derechos que le asisten al disciplinado dentro de ese contexto. Para no hablar de la extralimitaciónde funciones Y de la mala conducta del procurador, explícita en la desmesura de la plena que aplica frente a la calificación de la pena con respecto a la supuesta falta del disciplinado.

Al salir el presidente a intentar remediar la violación del debido proceso y del conducto regular por parte del funcionario Procurador General, declarando por los medios, que es respetuoso de la Ley, que porque dizque "acata" el fallo, no hace más que involucrar al presidente en la embarrada.

Para tomar la determinación de destitución no puede el presidente simplemente aceptar a ciegas un fallo tal sin un estudio juicioso con la asesoría de su propio equipo jurídico. No es la prensa el medio pertinente para notificar al disciplinado.

Así es claro que no obstante pongan las manzanas y las peras en la misma canasta...con una sola que esté podrida...terminarán todas contaminadas...si no se sabe discriminar..cual está envenenada.

RICARDO69
15-12-2013, 10:33:47
Parece que el Presidente "ya metió la pata" al manifestar que "acata" el fallo. Lo cual es desafortunado porque el presidente está en este caso facultado por la constitución como máxima autoridad judicial y no tiene que acatar al Procurador si no ratificar el concepto luego de un juicioso estudio de la solicitud del Procurador sustentada en derecho y según debido proceso.
Nada de esto se ha dado.

Como van las cosas no sólo es demandable el Procurador sino "válgame Dios" el señor presidente.

¡La trampa uribista ya está colada!
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¿Quien le enseñaría a esta bestia que el presidente es la máxima autoridad judicial? jajajajajaj

Y encima dice sin siquiera un asomo de sonrojo que es constitucional... más jajajajajajajaj

Están jodidos con ese "derecho" constitucional.

Por otra parte, dése cuenta, Heráclito, lo dificil que es hablar con las paredes...

PEDROELGRANDE
15-12-2013, 10:47:39
¿Quien le enseñaría a esta bestia que el presidente es la máxima autoridad judicial? jajajajajaj

Y encima dice sin siquiera un asomo de sonrojo que es constitucional... más jajajajajajajaj

Están jodidos con ese "derecho" constitucional.

Por otra parte, dése cuenta, Heráclito, lo dificil que es hablar con las paredes...

Ese es el problema con vos que agredes a los foristas en ves de remitirte a los argumentos y abusas del espacio sano que ofrece Denunciando para que opines lo que en otros lados no podrías.

La Constitución Nacional en el caso de una destitución de la figura del Alcalde Mayor compromete esa distinción judicial para el presidente. El que quizás sea un exabrupto se le endilgará al constituyente del 91. Póngale nombre propio: El señor Constituyente JAIME CASTRO.

Se le perdona porque le falta mucha papa en la vida para respetar a sus opuestos en un debate, en particular acá, a los foristas en Denunciando.com.

El problema de RAP no es con PEDROELGRANDE. Revisen el historial y caerán en cuenta de su comportamiento abiertamente abusivo con gran variedad de foristas.

Algunos de tales foristas...ante las agresiones de RAP seguro que han abandonado el foro. O por lomenos ZP.

RICARDO69
15-12-2013, 11:13:05
Jajajajaj bueno, entonces, dígame:

¿De dónde sacó, su Excelencia, que el presidente es la máxima autoridad JUDICIAL?

¡quien fue la bestia que le enseñó eso? (Que conste que no lo estoy agrediendo a usted, pero el que le enseñó eso, si tiene que ser una bestia bien peluda...)

PEDROELGRANDE
15-12-2013, 12:00:39
Jajajajaj bueno, entonces, dígame:

¿De dónde sacó, su Excelencia, que el presidente es la máxima autoridad JUDICIAL?

¡quien fue la bestia que le enseñó eso? (Que conste que no lo estoy agrediendo a usted, pero el que le enseñó eso, si tiene que ser una bestia bien peluda...)


Su respuesta no disculpa su altanería; por el contrario la refuerza.

El asunto precisamente es ese. En este asunto de la destitución del Alcalde Mayor sale a flote varios crasos errores de los constituyentes el 91:

1. Facultaron a un funcionario "de libre nombramiento y remoción" para DESTITUIR a funcionarios elegidos por el voto popular. En el caso del Alcalde Mayor hace la excepción para que lo haga el Presidente ( se entiende que, seguido el debido proceso, además se constituye en conducto regular) a solicitud del procurador.


2.Artículo 323. ART. 323.—El Concejo Distrital se compondrá de un concejal por cada 150 mil habitantes o fracción mayor de 75 mil que tenga su territorio. En cada una de las localidades habrá una junta administradora, elegida popularmente para períodos de tres años, que estará integrada por no menos de siete ediles, según lo determine el Concejo Distrital, atendida la población respectiva. La elección de Alcalde Mayor, de concejales distritales y de ediles se hará en un mismo día para períodos de tres años. Los alcaldes locales serán designados por el Alcalde Mayor de terna enviada por la correspondiente junta administradora. En los casos taxativamente señalados por la ley, el Presidente de la República suspenderá o destituirá al Alcalde Mayor. Los concejales y los ediles no podrán hacer parte de las juntas directivas de las entidades descentralizadas". 2. El texto del inciso modificado era el siguiente: "INC. 1º—El concejo distrital se compondrá de un concejal por cada ciento cincuenta mil habitantes o fracción mayor de setenta y cinco mil que tenga su territorio".


Está claro que el Procurador General está facultado para SOLICITAR la destitución del Alcade Mayor. La C:N: empodera al presidente en este caso para ejercer la función judicial como única figura administrativa que puede DESTITUIR a tal funcionario. Ahí está el embeleco. (RAE: ~ judicial.
1. m. El que ejerce la Administración de Justicia.) En este casos particular el presidente es máxima autoridad judicial, ¿absurdo? de acuerdo.

Si hay tal bestialidad se debería buscar en semejantes errores de los constituyentes. ¡¿De buena o mala fe?. Será otra buen debate.

RICARDO69
15-12-2013, 12:43:36
Usted no puede tratar de definir términos tecnicamente jurídicos y que tienen un gran significado tanto en funciones como en responsabilidades, con el RAE.

Pero bueno, suponiendo que todo eso esté bien, jejejejej, dígame:

¿Qué entiende usted por taxativo?

PEDROELGRANDE
15-12-2013, 13:42:28
Usted no puede tratar de definir términos tecnicamente jurídicos y que tienen un gran significado tanto en funciones como en responsabilidades, con el RAE.

Pero bueno, suponiendo que todo eso esté bien, jejejejej, dígame:

¿Qué entiende usted por taxativo?

Sí señor otro lío. Es consustancial a lo determinado en el art. 323 que los casos taxativamente señalados por la ley no son otros que aquellos que se consideran faltas graves o gravísimas cometidas eventualemnte por la figura del Alclade Mayor de Bogotá. El texto constitucional fijó que al Alclade Mayor sólo lo puede destituir el Presidente, y claro está, unicamente por hechos muy graves.

De otra manera el constituyente no se habría tomado la molestia de empoderar a la figura presidencial para ejercer la facultad de fallar la cesación de la función del Alclade Mayor, si no es porque, se le atribuyera esta función potestativa sólo al presidente. Claramente es una excepción que se le concede como un fuero al Alcalde Mayor.

RICARDO69
15-12-2013, 14:36:34
Sí señor otro lío. Es consustancial a lo determinado en el art. 323 que los casos taxativamente señalados por la ley no son otros que aquellos que se consideran faltas graves o gravísimas cometidas eventualemnte por la figura del Alclade Mayor de Bogotá. El texto constitucional fijó que al Alclade Mayor sólo lo puede destituir el Presidente, y claro está, unicamente por hechos muy graves.

De otra manera el constituyente no se habría tomado la molestia de empoderar a la figura presidencial para ejercer la facultad de fallar la cesación de la función del Alclade Mayor, si no es porque, se le atribuyera esta función potestativa sólo al presidente. Claramente es una excepción que se le concede como un fuero al Alcalde Mayor.

No, Pedro. Está usted equivocado. Los casos de los cuales habla el artículo 323 de la Constitución, no tienen nada que ver con faltas graves o gravísimas, puesto que en ninguna parte de nuestro ordenamiento jurídico se establece que el presidente pueda calificar una conducta y, menos existe un procedimiento para que lo pueda destituir por una falta discplinaria.

Lo único que puede hacer el presidente es destituir al alcalde cuando le llegue la petición de destitución del procurador luego, claro está, de que se haya agotado el proceso disciplinario y la resolución de destitución esté en firme. Para eso falta todavía el cumplimiento de una notificación, de unos términos, la presentación de un recurso de Reposición y la decisión final del procurador con relación al mismo.

Ahora bien, en relación de la destitución en sí o sea a ejecutar la sanción impuesta por la procuraduría a Petro, contrario a lo que se está sosteniendo, el presidente no tiene opción para aplicarla o no. está obligado a hacerlo o a ejecutar la sanción contra el alcalde (El presidente es la cabeza del Poder Ejecutivo, jejjej), puesto que el Decreto 1421 de 1993, donde está la tan buscada lista de los casos que, taxativamente, tiene que aplicar el presidente, no le da la facultad de escoger entre si la cumple o no sino que le exige hacerlo.

Si se dan el trabajito de leerlo, encontrarán que la mencionada norma dice que el presidente "destituirá" en los siguientes casos:

...

2.- Cuando así lo haya solicitado el Procurador General de la Nación.

...

Como verán, no dice "podrá destituir" ni "decidirá si destituye o no", dice "destituirá" ante la solicitud del procurador. Por lo tanto, si el procurador solicita que se destituya a Petro (después de finalizado el proceso disciplinario... bla, bla, bla) el presidente tiene que hacerlo y ya.

Por ahí hay otra sentencia de la Corte Constitucional, creo que es de 1993, en donde se habla de lo mismo.

Lo demás, ya es discutir por deporte.

Tarlex
15-12-2013, 15:17:56
Ese es el problema con vos que agredes a los foristas en ves de remitirte a los argumentos y abusas del espacio sano que ofrece Denunciando para que opines lo que en otros lados no podrías.

La Constitución Nacional en el caso de una destitución de la figura del Alcalde Mayor compromete esa distinción judicial para el presidente. El que quizás sea un exabrupto se le endilgará al constituyente del 91. Póngale nombre propio: El señor Constituyente JAIME CASTRO.

Se le perdona porque le falta mucha papa en la vida para respetar a sus opuestos en un debate, en particular acá, a los foristas en Denunciando.com.

El problema de RAP no es con PEDROELGRANDE. Revisen el historial y caerán en cuenta de su comportamiento abiertamente abusivo con gran variedad de foristas.

Algunos de tales foristas...ante las agresiones de RAP seguro que han abandonado el foro. O por lomenos ZP.


No se convierta en un mártir como su adorado alcalde. Tú agredes mucho mas, utilizando la palabra fascista para designar todo lo que no te gusta, incluyendo a todos los que no consideran las actuaciones de petro como adecuadas a su calidad de alcalde. Evolucione, el hecho de que sea una moda llamar fascista a todo aquel que es un arrivista, ladrón, y corrupto, no implica que en su concepto y en su historia mundial sea lo mismo. Alguna vez ha escuchado de Metaxas en Grecia o Salazar en Portugal? Si quiere que lo respeten en sus argumentos, defiéndalos con pulcritud y conocimiento, y no con los argumentos endebles del exguerrillero Petro, que macartiza a todos sus opositores con una palabra que sus borregos no entienden.

PEDROELGRANDE
15-12-2013, 15:34:27
No, Pedro. Está usted equivocado. Los casos de los cuales habla el artículo 323 de la Constitución, no tienen nada que ver con faltas graves o gravísimas, puesto que en ninguna parte de nuestro ordenamiento jurídico se establece que el presidente pueda calificar una conducta y, menos existe un procedimiento para que lo pueda destituir por una falta discplinaria.

Lo único que puede hacer el presidente es destituir al alcalde cuando le llegue la petición de destitución del procurador luego, claro está, de que se haya agotado el proceso disciplinario y la resolución de destitución esté en firme. Para eso falta todavía el cumplimiento de una notificación, de unos términos, la presentación de un recurso de Reposición y la decisión final del procurador con relación al mismo.

Ahora bien, en relación de la destitución en sí o sea a ejecutar la sanción impuesta por la procuraduría a Petro, contrario a lo que se está sosteniendo, el presidente no tiene opción para aplicarla o no. está obligado a hacerlo o a ejecutar la sanción contra el alcalde (El presidente es la cabeza del Poder Ejecutivo, jejjej), puesto que el Decreto 1421 de 1993, donde está la tan buscada lista de los casos que, taxativamente, tiene que aplicar el presidente, no le da la facultad de escoger entre si la cumple o no sino que le exige hacerlo.

Si se dan el trabajito de leerlo, encontrarán que la mencionada norma dice que el presidente "destituirá" en los siguientes casos:

...

2.- Cuando así lo haya solicitado el Procurador General de la Nación.

...

Como verán, no dice "podrá destituir" ni "decidirá si destituye o no", dice "destituirá" ante la solicitud del procurador. Por lo tanto, si el procurador solicita que se destituya a Petro (después de finalizado el proceso disciplinario... bla, bla, bla) el presidente tiene que hacerlo y ya.

Por ahí hay otra sentencia de la Corte Constitucional, creo que es de 1993, en donde se habla de lo mismo.

Lo demás, ya es discutir por deporte.

Pues de que fuera así ni más faltaba que los constituyentes hubiesen revestido la figura del presidente con cierto estilo imperial que para DESTITUIR al funcionario públido Alclade Mayor, porque simplemente lo olbligaren a que RATIFIQUE tranquilamente el fallo del Procurador General. Eso por que sería como el escarnio al que se sometería a un Alcalde Mayor al ser el jefe del estado quien con su pluma reforzare el fallo mismo del Procurador cosa que no sucede con ningún otro funcionario público.

Por otro lado como están las cosas el Procurador violó la norma constitucional al pasarse por la faja al presidente. Su fallo fue proferido publicamente y así notificó al disciplinado. Mediante un procedimiento que también podría llegar a considerarse de "escarnio público" a la figura personal de Gustavo Petro.

Carece de sentido jurídico que el constituyente le agregara simplemente "la pompa" de ratificar la destitución que solicite el Procurador, por tratarse particularmente de que el disciplinado sea el Alclade Mayor.

"En el artículo 121 dice que ninguna autoridad ejercerá funciones distintas de las que le atribuye la ley, si el presidente tiene la competencia, no la puede tener el procurador (...) El presidente le debería pedir el expediente al procurador y el procurador puede emitir concepto para que la decisión la adopte el presidente de la República",..(expresidente de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández)

Dentro del estado social de derecho que se supone define a este país no puede el presidente arrogarse la facultad despótica de simplemente ratificar la consideración de funcionario alguno porque sí.

Si la constitución lo faculta privativamente a él para el fallo determinante, es decir, el de la destitución; su determinación a libre arbitrio, puede ser positiva o negativa. ( Ni más faltaba que se dejara ir por el despeñadero)., Para tomar decisión juiciosa "Casa de Nariño" tiene su equipo jurídico, además de las consultas y delegaciones facultativas del ejecutivo.

Obviamente estamos en el gobierno del binomio Santos - Uribe. Y el presidente salió a "pintárselas" de respetuoso de los "fallos". Lo cual indica que está dispuesto a participar en la violación del debido proceso, y, de los derechos políticos y humanos del disciplinado. Porque simplemente no se tomará la molestia de revisar el mismo proceso. Según las normas administrativas el Presidente facultado para destituir al procesado se debe someter Él mismo a las normas de la administración judicial. ¿Contradictorio? Sí. Pero esa es la imperfección ( o aberración) del Acto Constituyente. Como también se cuestiona la conseción de un poder omnímodo a la procuraduría para destituir de su cargo a los funcionarios de elección popular por hechos meramente administrativos sin ningún dolo penal.

RICARDO69
15-12-2013, 16:22:21
Veamos, Pedro:

Recordemos las clases de Constitución o de Educación Cívica del bachillerato (para entender esto no hace falta más) El poder público en un estado de derecho (no en los totalitarios, jejeej) se divide en tres ramas: El Ejecutivo, el legislativo y el judicial o jurisdiccional como lo llaman de manera un tanto snob (para mí). Cada una de ellas tiene sus funciones y sus responsabilidades, así como también su propio presupuesto y sus propios funcionarios.

Dentro de esos funcionarios hay unos que se llaman los nominadores o sea los jefes, los pluma blanca, que son los encargados de nombrar, como su nombre lo indica, y de destituír cuando se dé el caso.

Para lograr esto último, se puede hacer por varios medios: Por medio de un iproceso discipllinario de la Oficina de Control Interno de la entidad, por la Personería, por las procuradurías provinciales, departamentales o o la general. También se lo puede hacer por decisión judicial, en caso de pena accesoria en una condena penal en los delitos contra la administración pública, y algunos casos más, que no vienen al caso.

En cualquiera de los anteriores supuestos, la entidad sancionatoria, expide la resolución correspondiente, pero no es la encargada de destituir al funcionario directamente, sino que tiene que dar aviso al nominador y es éste quien hace efectiva la destitución o sea que, en la práctica, quien lo destituye es el jefe y no los organismos de control o las autoridades judiciales.

En el caso de un Inspector de Policía, por ejemplo, empleado de las alcaldías, la procu sanciona y quien se encarga de ejecutar el fallo es el alcalde, pues es el nominador de ese cargo. En el caso de los alcaldes, quien lo hace es el gobernador, y así en todos los casos.

En el caso del Alcalde de Bogotá, por contar con un régimen especial, no le corresponde al gobernador sino al presidente, pero en ningún caso es cierto que el presidente lo destituya porque le da la gana hacerlo, sino que TIENE que cumplir con las decisiones de la Procuradiuria o de la justicia penal, o sea ejecutar la orden del Ministerio Público, porque esa es la función de un supuesto "superior jerárquico". (digo supuesto porque en realidad, no es así, pero se lo asimila) Entre otras cosas, alguien tiene que hacerlo y siendo que la alcaldía de Bogotá es el segundo puesto en importancia del país, lo lógico es que lo ejecute quien ejerce el primero, no le parece?

En este mismo orden de ideas, ¿se ha preguntado cual es la razón de que el presidente pueda destituír a todo un general de la república y no lo pueda hacer con un minúsculo secretario de juzgado o a un notificador de la alcaldía del último pueblo perdido en el Amazonas?

shamir
15-12-2013, 22:17:23
La sanción fue muy dura, creo que tendría que ser menos severa pero se tenia que dar. Nadie en el mundo es capaz de llevar a cabo un proyecto en 3 meses en una ciudad de 6 millones de habitantes como lo quiso hacer Petro. El incurrió en un error grave, estoy seguro que si hubiera sido un dirigente de derecha el mismo creador de este post estuviera pidiendo 70 años de inhabilidad política.

Es curioso ver como el fanatismo por el caudillismo de izquierda llega a tal punto en que se pueden palpar los errores de un alcalde y lo intentan desmeritar. Supongo que esa persona no se vio enferma o se sintió orgullosa de ver a su ciudad en un basurero con sus malos olores y enfermedades que probablemente causaron-

PEDROELGRANDE
16-12-2013, 00:46:57
La sanción fue muy dura, creo que tendría que ser menos severa pero se tenia que dar. Nadie en el mundo es capaz de llevar a cabo un proyecto en 3 meses en una ciudad de 6 millones de habitantes como lo quiso hacer Petro. El incurrió en un error grave, estoy seguro que si hubiera sido un dirigente de derecha el mismo creador de este post estuviera pidiendo 70 años de inhabilidad política.

Es curioso ver como el fanatismo por el caudillismo de izquierda llega a tal punto en que se pueden palpar los errores de un alcalde y lo intentan desmeritar. Supongo que esa persona no se vio enferma o se sintió orgullosa de ver a su ciudad en un basurero con sus malos olores y enfermedades que probablemente causaron-

En su punto de vista Ud. no evalúa el proceso político. Se va simplemente a la incomodidad momentánea que pudimos haber sufrido por el necesario cumplimiento de una política dentro del voto programático. El que el esquema esté funcionando perfectamente, está a favor del alcalde. Probablemente como lo anunciara, vendrá, fruto del cambio de esquema, una disminución en la tarifa del servicio de aseo, reflejado en la factura del Acueducto.Todo cambio produce traumas. La severidad con que se juzga al alcalde rebela el fanatismo sí de sus opositores a quienes no les cuesta condenar al alcalde por 3 días de incomodidad; en cambio les interesa mantener oculto el MEGANEGOCIO de los inversionistas que intentan seguir acaparando el servicio de aseo en la ciudad.

Ud. pasa por alto que a esta ciudad la burocracia bipartidista ( esos que corren a votar con toda su familia y clientela tan pronto abren las urnas) la roba todos los días. ¡Dónde está la mano del Procurador fallando contra estos personajillos?

Este procurador omitió las investigaciones oportunas contra "el carrusel de la contratación". Si hoy se ha investigado a algunos de los carruseleros es por cuenta del valor civil y ciudadano de algunas personas, entre ellas, Gustavo Petro, que insistieron en sus denuncias. El carrusel no se ventiló precisamente por el celo en el control de los organismos pertinentes para dicha tarea.

Al contrario de lo que Ud. manifiesta, muchas personas han salido a censurar la conducta del procurador. Porque opinan certeramente que su proceder es profundamente antidemocrático. Ud. mismo tiene una confusión al respecto; pues empieza precisamente considerando que la "sanción" es muy severa. Sinenbargo concluye que se tenía que dar.

El que el alcalde sea de la Izquierda, ahora, es lo de menos. Igual de nefasto para la confianza en el sistema democrático sería aplicarle el mismo rasero a un derechoso. Pero como vamos viéndolo ese tipo de sanciones las ha puesto de moda el inquisidor procurador, no sólo contra la izuierda a la cual visceralmente odia, si no también, contra "ciertos" sectores de ciudadanos que no entran dentro de su estrecho marco de referencia conforme a su fundamentalismo catolicista.

¡Amen!

PEDROELGRANDE
16-12-2013, 01:04:04
Veamos, Pedro:



Tú lo dices:
..."o sea ejecutar la orden del Ministerio Público, porque esa es la función de un supuesto "superior jerárquico". (digo supuesto porque en realidad, no es así, pero se lo asimila)"

Precisamente esa es la leguleyada perfectamente asimilada por los antagonistas del Alclade para liquidarlo políticamente. Solamente en el orden de lo penal sería destituible el Alclade Mayor ( Los casos taxativamente señalados por la ley ).

Una variedad de juristas controvierten esa postura. Si sencillamente se tratase de acatar lo fallado por el Procurador no estarían condenando su excesos.

RICARDO69
16-12-2013, 09:07:33
Tú lo dices:
..."o sea ejecutar la orden del Ministerio Público, porque esa es la función de un supuesto "superior jerárquico". (digo supuesto porque en realidad, no es así, pero se lo asimila)"

Precisamente esa es la leguleyada perfectamente asimilada por los antagonistas del Alclade para liquidarlo políticamente. Solamente en el orden de lo penal sería destituible el Alclade Mayor ( Los casos taxativamente señalados por la ley ).

Una variedad de juristas controvierten esa postura. Si sencillamente se tratase de acatar lo fallado por el Procurador no estarían condenando su excesos.

Bueno, hay juristas de juristas. Hay personas muy respetables en el campo del derecho pero no infalibles y a los que también se le van las luces en alguna oportunidad.

Precisamente, esta mañana vi en el noticiero que el ministro Gómez Méndez ya salió a decir exactamente lo que he venido sosteniendo en este foro.

Y sigue usted confundido con la "taxatividad". Ya le dije que en la norma está establecido que no solo es cuando hay una conducta penal, sino también cuando el procurador lo solicite.

Esa taxatividad implica que el presidente no se pueda salir de esa lista, pero también implica que no se puede negar a aplicar alguno de sus artículos y, puesto que en el 2° se encuentra el caso que nos ocupa, el presidente no se puede negar, así lo quisiere.

Además, tenga en cuenta que lo que están pidiendo ustedes, es que el presidente se convierta en otra instancia del proceso disciplinario, lo cual es abiertamente contrario a la constitución. Bajo ninguna circunstancia puede él entrar a revisar o a discutir la decisión disciplinaria, primero, porque no hay procedimiento para eso; segundo, porque es inconstitucional y tercero, porque en ese caso si se convertirían este tipo de procesos en algo esencialmente político,

PEDROELGRANDE
16-12-2013, 12:24:33
La "confusión" la creó el constituyente y la están aprovechando los detractores de la izquierda. Si no fuese así no habría dilema alguno sobre la materia. Por demás exegetas constitucionales que haya de parte y parte.

Tan grave es el caso en sus implicaciones para nuestro sistema democrático que el exabrupto del Procurador provocó que amplios sectores de la sociedad colombiana requieran la reforma del artículo en controversia.

El caso es que el Procurador politiza su fallo en la severidad del "castigo". En este asunto debió resultar, si acaso, un llamado de atención, una reconvención menor.

Como su intención premeditada se basa en liquidar políticamente al adversario número uno del uribismo a nivel nacional y de la corrupción en Bogotá, el acto fallado, se dirige hacia la destitución por 15 años con la excusa de la falta grave de carácter adminsitrativo. El nervio de la falta grave es el disgusto de la mafia del aseo en Bogotá. Su contraparte es la del voto programático que ordena al alcalde mejorar el servicio a favor de los ciudadanos y eso significaba, por lo menos, la dirección hacia un modelo en el que también el sector público entra a manejar directamente el servicio. Habría que estudiar la positiva incidencia que ese cambio está significando para la ciudad humana en materia ambiental, ecosistémica, laboral, sanitaria, social ...etc.

El fallo de destitución del Alcalde Mayor por parte del Procurador General es una muestra pararadigmática de la manera como actúan los militantes del uribismo fundamentalista al arrasar las instituciones democráticas y despreciar la voluntad popular.

laura666
16-12-2013, 19:37:20
enfermedades que probablemente causaron-

Como dice la fiscalia

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