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Ver la Versión Completa Con Imagenes : Tumban recursos contra la revocatoria del alcalde Gustavo Petro


Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
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INDIVIDUAL
31-10-2013, 09:08:14
Una acción popular y otra de cumplimiento se cayeron en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

Los intentos de los seguidores del alcalde Gustavo Petro para frenar el proceso de revocatoria sufrieron un revés judicial. En dos decisiones, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró “improcedente” una acción de cumplimiento y negó una acción popular.
Ambos recursos buscaban detener la revocatoria del Alcalde, liderada por el representante a la Cámara Miguel Gómez Martínez, de ‘la U’.
En la primera decisión, fallada el pasado 24 de octubre, el Tribunal respondió una acción de cumplimiento, instaurada por Luis Fernando Gil Sierra en contra de los registradores distritales y el Registrador Nacional. En su demanda, Gil exigía que se le protegiera su “derecho político fundamental a participar en la conformación, ejecución y control del poder político”. Manifestó que ese derecho era vulnerado por la decisión de la Registraduría de validar 357.250 firmas, más de las mínimas requeridas para convocar a los ciudadanos a las urnas a decidir la permanencia de Petro en la Alcaldía (289.263).
Al contestar la demanda, la Registraduría dijo que en ese caso se presentaba una “ineptitud”, debido a que los actos administrativos gozan de presunción de legalidad y deben desvirtuarse a través de acciones de nulidad.
También recordó que dicha resolución no está en firme, pues se le concedió el recurso de apelación a Petro ante el Registrador Nacional.
En esta decisión, que puede ser impugnada, el Tribunal, con ponencia del magistrado Luis Manuel Lasso Lozano, retomó la tesis de la Registraduría y declaró la acción de “improcedente”.
Por otro lado, al fallar una acción popular, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó una solicitud de José Leonardo Bueno Ramírez, quien le pedía que se le ordenara al Registrador Nacional que suspendiera de inmediato el estudio de las firmas para convocar la revocatoria de Petro. Y, así mismo, pedía que se le ordenara a la Registraduría consultar si contaba con el presupuesto necesario para convocar a dicha votación.
El fallo dice que –para ordenar una suspensión del proceso– “es necesario identificar la inminencia de un daño respecto de los derechos colectivos invocados (...) y en el presente asunto no aparece en este momento del proceso probada ninguna de esas circunstancias”.
También se deja claro que la Registraduría cuenta con las “aprobaciones” (presupuestales) necesarias para que el proceso siga su curso.
Fuentes cercanas a la Registraduría señalaron que, con este último fallo, el Registrador Nacional puede empezar a estudiar la apelación de las firmas, instaurada por Petro.
REDACCIÓN BOGOTÁ
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