PDA

Ver la Versión Completa Con Imagenes : Delito: Daño informático


Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
proyectofenix
10-08-2013, 20:25:58
Artículo 269D. Daño informático. El que, sin estar facultado para ello, destruya, dañe, borre, deteriore, altere o suprima datos informáticos, o un sistema de tratamiento de información o sus partes o componentes lógicos, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48 ) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.