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Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
armando2007
29-10-2012, 22:54:01
Aborto en Colombia
Jueces no tendrán que presentar lista de mujeres que se practicaron aborto a la Procuraduría
Por: Elespectador.com

La Judicatura consideró que se debe respetar la privacidad de los nombres de estas mujeres.

La Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura rechazó la solicitud planteada por la Procuraduría General con el fin de conocer los nombres de las mujeres que por vía de tutela habían pedido la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo.

En su decisión la Judicatura consideró que debido a las determinaciones de la sentencia de la Corte Constitucional que despenalizó el aborto en tres casos, los jueves no tendrán que informar al Ministerio Público los nombres de las mujeres que se han practicado un aborto.

La Sala Administrativa, al recibir esta petición, decidió preguntarle previamente a la Corte Constitucional cuál es el correcto entendimiento de su jurisprudencia respecto a esta solicitud del Ministerio Público, a lo cual el alto tribunal consideró que “la reserva de la identidad de la peticionaria opera en todo caso en que se interponga una tutela para exigir el derecho fundamental a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), con independencia del resultado del proceso.

La Corporación señaló que dicha reserva no está limitada a los casos en que el juez finalmente concluya que la accionante se encuentra inmersa en las causales establecidas en la sentencia C-355 de 2006, como parece entender el Procurador General de la Nación".

“La Sala corporación decidió entonces abstenerse de solicitarle a los jueces la información que solicitaba el Ministerio Público y, en su lugar, le remitió a la Procuraduría el Auto de la Corte, mediante el Oficio PSSA12-2865 del 26 de julio de 2012”, precisa la decisión de la Judicatura.

La solicitud de la Procuraduría

El procurador General de la Nación, en el Oficio 00050 del 27 de marzo de 2012, le solicitó a la Sala Administrativa que difundiera entre todos los jueces de la República la Circular PSAC12-6 del 21 de febrero de 2012, en la que textualmente se dice lo siguiente:

"Exhortarle para que igualmente precise a los jueces y magistrados de la República que la reserva ordenada por la Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional no tiene ni puede tener otro propósito que reservar la identidad e intimidad de las niñas, adolescentes y mujeres que solicitan o se practican un aborto o I.V.E. porque se entran dentro de las causales establecidas en la sentencia C-355 de 2006" y en todo caso resulta inoponible a la Fiscalía General de la Nación, sobre todo para el caso de los abortos que se practican cuando el embarazo es fruto de una conducta delictiva, así como al Ministerio Público".


Fuente El Espectador

Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
OPHIUCHUS
31-10-2012, 21:59:29
Bochornosa Procuraduría. Todo tiene sentido: Rap Ordóñez.