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Ver la Versión Completa Con Imagenes : Corte tumba supemicos :'Fallo que tumba beneficios a testaferros no afecta restitución'


Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
PEDROELGRANDE
14-09-2012, 05:51:36
Marcha por la restitución de tierras.Foto:
http://t.imgbox.com/ach9w5ZP.jpg (http://imgbox.com/ach9w5ZP)

Al Gobierno no le preocupa decisión de la Corte que impide principio de oportunidad a testaferros.

Dos artículos de la Ley de Víctimas que ofrecían beneficios a testaferros por devolver tierras despojadas y ejercían controles para evitar invasiones en tierras reclamadas no pasaron el examen de la Corte Constitucional y fueron declarados inexequibles.
Ambas medidas, que fueron demandas ante la Corte por vulnerar los derechos a las víctimas, buscaban agilizar la restitución de las tierras que fueron objeto de despojo por parte de los grupos armados ilegales.
El director de la Unidad de Restitución de Tierras, Ricardo Sabogal, dijo que el Gobierno desconoce el fallo y que este en principio no afecta el proceso de restitución. "Aunque lo que fue declarado inexequible tenía por objeto agilizar los procesos judiciales y administrativos, esto no lo detendrá. El proceso fluye normalmente".
La Corte consideró que el principio de oportunidad que se ofrece a testaferros a cambio de confesar su participación en el despojo y devolver los bienes fomentaría la impunidad en estos casos y lesionaría los principios a la verdad y a la justicia.
La ley justificaba estos beneficios como una herramienta eficaz para conseguir la reparación de las víctimas y contribuir a desenmascarar a los verdaderos autores de los despojos. Sin embargo, la Corte en el fallo los calificó de exagerados y ajenos a los objetivos de la norma.
El otro punto, el de la perdida de los derechos de las víctimas a reclamar sus tierras si estos terrenos son invadidos o son tomados por vías de hecho, resultaba un castigo desproporcionado e injustificado, según la Corte Constitucional.
Aunque la Corte precisa que las víctimas no pueden incurrir en vías de hecho para reclamar los bienes que le pertenecen, aclara que la ocupación de un predio no puede ser una razón válida para la pérdida de los derechos que de ella se derivan.
REDACCIÓN JUSTICIA

Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
PEDROELGRANDE
14-09-2012, 05:54:30
Al Gobierno no le preocupa decisión de la Corte que impide principio de oportunidad a testaferros.

Dos artículos de la Ley de Víctimas que ofrecían beneficios a testaferros por devolver tierras despojadas y ejercían controles para evitar invasiones en tierras reclamadas no pasaron el examen de la Corte Constitucional y fueron declarados inexequibles.
Ambas medidas, que fueron demandas ante la Corte por vulnerar los derechos a las víctimas, buscaban agilizar la restitución de las tierras que fueron objeto de despojo por parte de los grupos armados ilegales.
El director de la Unidad de Restitución de Tierras, Ricardo Sabogal, dijo que el Gobierno desconoce el fallo y que este en principio no afecta el proceso de restitución. "Aunque lo que fue declarado inexequible tenía por objeto agilizar los procesos judiciales y administrativos, esto no lo detendrá. El proceso fluye normalmente".
La Corte consideró que el principio de oportunidad que se ofrece a testaferros a cambio de confesar su participación en el despojo y devolver los bienes fomentaría la impunidad en estos casos y lesionaría los principios a la verdad y a la justicia.
La ley justificaba estos beneficios como una herramienta eficaz para conseguir la reparación de las víctimas y contribuir a desenmascarar a los verdaderos autores de los despojos. Sin embargo, la Corte en el fallo los calificó de exagerados y ajenos a los objetivos de la norma.
El otro punto, el de la perdida de los derechos de las víctimas a reclamar sus tierras si estos terrenos son invadidos o son tomados por vías de hecho, resultaba un castigo desproporcionado e injustificado, según la Corte Constitucional.
Aunque la Corte precisa que las víctimas no pueden incurrir en vías de hecho para reclamar los bienes que le pertenecen, aclara que la ocupación de un predio no puede ser una razón válida para la pérdida de los derechos que de ella se derivan.
REDACCIÓN JUSTICIA

OPHIUCHUS
14-09-2012, 23:01:46
Si quiera. Eso le buscan el chanchullo por donde sea.