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Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
Heráclito
27-06-2012, 16:54:29
Aunque esta decisión se refiere a un caso concreto referente a la muerte de un vaquero por una cornada de una novilla que iba a ser sacrificado en un matadero, por lo que no obliga para otros casos, el Consejo de Estado sienta jurisprudencia sobre el maltrato animal y llama la atención sobre los derechos de los animales.

Es claro que con este fallo, los defensores de los derechos de los animales tienen en sus manos una poderosa herramienta jurídica para demandar a todo aquel que cause sufrimiento a los animales y abre una brecha para que otras corporaciones hagan lo propio en sus respectivas jurisdicciones.

El debate se abre en el país y es claro que las corridas de toros van a sufrir directamente las consecuencias ya que, la próxima que se haga en el país, con la permisividad de las autoridades, da pie para que se demande al Estado por no haber impedido su realización.

Gustavo Petro dio un paso importante y ahora el Consejo de Estado le halla la razón y les recuerda a los colombianos que los animales tienen sus derechos y que se merecen una muerte digna en caso de ser sacrificados como alimento y sin causarles sufrimiento.


Derecho de los animales
"Los animales tienen derecho a una muerte digna y sin sufrimiento"

Por: Elespectador.com

El Consejo de Estado condenó además cualquier tipo de maltrato o explotación.

En una trascendental decisión, el Consejo de Estado determinó que los animales al igual que las personas tienen una serie de derechos en los cuales se encuentran incluidos el de una muerte digna y sin sufrimiento.

El alto tribunal consideró además que existe una grave falla en el código civil en el cual se trata a los animales como simples objetos, señalando así que estos tienen un propósito vital en la vida y en su relación directa con el ser humano, hecho por el cual no pueden ser maltratados.

"Nos beneficiamos de los animales, pero no es lícito que los torturemos o que su muerte se convierta en un espectáculo", aclara el fallo.

La ponencia base para el fallo, presentada por el magistrado Enrique Gil Botero, considera que dueños de los animales, ya sean domésticos o fieros, tienen que velar por un trato digno y respetuoso.

El tribunal de lo contencioso administrativo señaló que existen normas internacionales que protegen a los animales, en las cuales se indica que tienen derechos igual a las personas, hecho por el cual los órganos estatales deben velar por su cuidado y protección.

"Se debe reconocer el valor de los animales como seres vivos y su capacidad para ser titulares de derechos, sin que se les pueda imputar responsabilidad directa por su comportamiento, sino a través de sus propietarios o quienes ostentan su guarda material", precisa la sentencia.

El pronunciamiento se dio dentro de una demanda instaurada en contra del municipio de Anserma Caldas, por los familiares de un vaquero que murió por una cornada de una novilla que iba a ser sacrificada en el matadero municipal.

Por estos hechos los demandantes señalaban que la responsabilidad de esta muerte era del municipio caldense, puesto que las novillas eran de su propiedad por lo que tenían que responder económicamente por los daños y prejuicios.

Sin embargo, la Sala determinó que en este caso la responsabilidad no recaía sobre el animal sino que por el contrario recaía sobre sus propietarios puesto que el vaquero conocía de los riesgos de su actividad.

Fuente: El Espectador

Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
Heráclito
27-06-2012, 17:04:29
Esta es la declaración universal de los derechos de los animales a la que se refiere el Consejo de Estado:

Declaración Universal de los Derechos de los Animales

Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:

Artículo No. 1
Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.

Artículo No. 2
a) Todo animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.

Artículo No. 3
a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

Artículo No. 4
a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.

Artículo No. 5
a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.

Artículo No. 6
a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.

Artículo No. 7
Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.

Artículo No. 8
a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.

Artículo No. 9
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.

Artículo No. 10
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.

Artículo No. 11
Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.

Artículo No. 12
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.

Artículo No. 13
a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.

Artículo No. 14
a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.

Esta declaración fue adoptada por La Liga Internacional de los Derechos del Animal en 1977, que la proclamó al año siguiente. Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
(UNESCO).

OPHIUCHUS
27-06-2012, 20:28:21
Completamente de acuerdo.

Heráclito
27-06-2012, 23:16:02
Completamente de acuerdo.

Solo resta esperar los pronunciamientos de las corporaciones taurinas de Colombia y de los alcaldes donde se celebran corridas de toros.

metromadrid
28-06-2012, 03:11:20
están muy bien las declaraciones de derechos de los animales; pero parece que solo las crean para saltárselas inmediatamente, en todas partes

Isidorito
28-06-2012, 05:52:05
Con todo respeto pero qué derechos tan ridículos... sólo derechos referidos a la forma de morir.

Un verdadero derecho sería un derecho a la VIDA.

Lord Mago
28-06-2012, 07:18:06
Vea pues, no sabía que también existía también una declaración universal de derecho de los animales.

Por desgracia... al igual que con los derechos humanos, no se respetan.

Takemax
28-06-2012, 07:25:11
Artículo No. 10
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.

Artículo No. 11
Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.



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Perfecto

Tyler Durden
28-06-2012, 07:55:20
No todos, las ratas del congreso si merecen morir con el mayor sufrimiento posible...

Hannibal Lecter
28-06-2012, 08:26:32
Una estocada y un espuelazo a los amantes de ver morir torturados a los toros y a los gallos... muy bien!

Void
28-06-2012, 08:58:34
Exelente noticia..

chorfan
28-06-2012, 10:14:58
muy bien! una buena herramienta para acabar con el "arte", "cultura" y "tradición" taurina

zepp25
28-06-2012, 10:36:36
Estos maricas se enloquecieron: la ley dice una cosa, pero como para ellos no es correcto entonces no, no es así. Qué legitimidad puede tener un tribunal que hace lo que se le da la gana...

Heráclito
28-06-2012, 10:39:06
Con todo respeto pero qué derechos tan ridículos... sólo derechos referidos a la forma de morir.

Un verdadero derecho sería un derecho a la VIDA.

Sobre la primera parte de tu comentario, en esta Declaración se habla más que todo de la vida y por ello se señala la protección, atención y cuidados que deben recibir. También la prohibición de que se les someta a malos tratos o actos crueles.

Igual el derecho que tienen a vivir en su entorno natural y la prohibición a privarlos de su libertad. Respecto a los domésticos se les reconoce el derecho a vivir como lo harían si su especie estuviera en libertad y respecto al transcurrir de su vida se habla de que debe permitírsele su longevidad natural y se proscribe su abandono.

También se habla de los animales de trabajo y el tiempo que debe realizarlo así como el descanso y la alimentación. Igual se habla de la experimentación que debe ahorrarles sufrimiento y no permitirse ser explotados para esparcimiento del hombre, como tampoco la muerte en masa a la que se le considera un genocidio.

Sobre lo segundo, el derecho a la vida se les garantiza durante toda su existencia salvo los que deben servir de alimento al hombre a los cuales debe ahorrárseles sufrimiento durante su crianza y sacrificio.

amon007
28-06-2012, 11:02:25
Y bueno, se cayeron los toros no
_____

Heráclito
28-06-2012, 11:57:34
Estos maricas se enloquecieron: la ley dice una cosa, pero como para ellos no es correcto entonces no, no es así. Qué legitimidad puede tener un tribunal que hace lo que se le da la gana...

Por encima de la ley está la Constitución y los tratados internacionales que ha firmado nuestro país. De ahí que de acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos de los animales, a la cual adhirió Colombia, pero a la que nunca le han parado bolas, el máximo tribunal de la jurisdicción contencioso-administrativa pone las cosas en su lugar.

Los animales tienen derechos y deben ser respetados y por ello, si la ley va en contravía se produce la que se llama objeción de inconstitucionalidad. Esta es la vía por la cual la Corte Constitucional le ha reconocido, por ejemplo, los derechos a la población homosexual, dejando sin vigencia artículos del Código Civil que contrariaban derechos fundamentales. Nada ni nadie está por encima de la Constitución y, por supuesto, tampoco las leyes.