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Ver la Versión Completa Con Imagenes : Nacional perdería los puntos tras la agresión a Rafael Pérez


Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
INDIVIDUAL
02-05-2011, 00:15:34
Según Código Disciplinario Único, el verde sería sancionado con la pérdida de los puntos en disputa.

La agresión con una botella de vidrio al defensor Rafael Pérez en el Polideportivo del Sur en Envigado podría generarle varias sanciones a Nacional. (http://www.futbolred.com/liga-postobon/noticias/fecha14apertura2011/rbitro-termino-juego-nacional-real-cartagena-por-falta-de-garantias/9248720) Según el Código Disciplinario, el cuadro 'verde' perdería los tres puntos en contienda, además de recibir multas y castigos para el Estadio.
El artículo 95 del Código Disciplinario Único indica que "al club local que no prestare las garantías a que lo obliga el presente código o el reglamento del torneo o competencia y diere lugar con ello a que el partido se interrumpa, se le impondrá multa de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción".
El estatuto añade a continuación: "Si por la misma causa el partido no pudiere jugarse o continuarse a más de la sanción económica impuesta, el club local será sancionado con la pérdida de los puntos en disputa".
Claro que el artículo 96 dispone sanciones adicionales cuando existe responsabilidad por conducta de los espectadores. "Los clubes serán responsables de la conducta impropia de los espectadores, sin que se les impute una conducta u omisión culpable (...) Se considera conducta impropia, particularmente, los actos de violencia contra personas o cosas, el empleo de objetos inflamables, el lanzamiento de objetos (...)".
Es decir, que el inadecuado comportamiento del público que genere desordenes antes, durante o después de un partido, en el estadio, dará lugar a la amonestación o a la suspensión de la plaza de una a tres fechas.
El mismo artículo 96 señala que, si como consecuencia del comportamiento inadecuado del público se derive daño a las instalaciones o a las personas, la sanción será de dos a cuatro fechas de suspensión y multa de diez a doce salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción sin perjuicio de la obligación de indemnizar los daños causados.
Por último, indica la disposición normativa que en el estudio de las situaciones disciplinarias de las plazas se tomarán en consideración, además del informe arbitral, el del Comisario de Campo, el de las autoridades y todo elemento probatorio adicional que resulte idóneo para ilustrar el criterio de la Comisión de conformidad con el reglamento del respectivo torneo.
La Comisión Disciplinaria de la Dimayor se reunirá este martes para revisar el expediente y tomar las determinaciones pertinentes.
El antecedente
En la resolución 47 del 27 de octubre de 2009, la Comisión Disciplinaria de la Dimayor sancionó el Estadio Libertad de Pasto con una fecha de suspensión a puerta cerrada y $3.975.200 por mal comportamiento del público en el partido entre el cuadro nariñense y, coincidencialmente, Real Cartagena realizado el 25 de octubre del mismo año.
Además, se sancionó a la Asociación Deportivo Pasto con multa de $ 4.969.000 y la pérdida de los puntos en disputa a favor del contendor por no haber prestado las garantías a que lo obliga el Reglamento de Disciplina del Campeonato dando lugar a que el partido no pudiera concluirse en forma reglamentaria.
En aquella ocasión, según el informe arbitral, durante el segundo tiempo del partido, desde la tribuna noroccidental y nororiental lanzaron objetos que impactaron a un jugador del equipo heroico y al asistente Alejandro Gallego.