alguasil
23-09-2010, 11:16:07
cordiasl saludo
hace dos meses servi de fiador para el arrendo de un local comenrcial
mi pregunta es : EN ESTE MOMENTO PUEDO RENUNCIAR A ESTA FIGURA ????
BUFFALOX
24-09-2010, 20:31:19
Chistosa su pregunta, por supuesto que NO!!!!!!
Su obligacion como fiador subsiste mientras el negocio juridico que dio lugar a su obligación subsista, es decir mientras el contrato de arrendamiento este vigente es decir un año, lo que si puede renunciar es a continuar amparando la obligación con su aval en las posible prorrogas que se produzcan
Splintercell
25-09-2010, 09:40:27
Compadrito, es que usted no firmó como fiador, sino como CODEUDOR. El fiador puede hacer uso de la figura denominada benficio de excusión, que en pocas palabras significa que persigan primero al deudor principal, es decir, el arrendatario, antes de perseguirlo a usted para que pague la deuda que se produzca. En cambio, como usted es CODEUDOR, en caso de falta de pago el arrendador puede ir por cualquiera de los dos, y además, hasta que no se acabe el contrato, no puede zafarse del problemita. Atento, para cuando el contrato de arrendamiento esté por vencerse, hable con arrendador y arrendatario para dejar de ser codeudor, antes de que el contrato se prorrogue automáticamente, y usted quede clavado por un periodo igual.