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Ver la Versión Completa Con Imagenes : Ojo cuando le rechacen el carro en la revisión tecnicomecánica


Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
bucito
20-06-2010, 12:13:55
tomado de www.motor.com.co (http://www.motor.com.co)

Los 15 días son para hacer los ajustes pertinentes cuando el vehículo ha sido rechazado. El vehículo no puede transitar por sus propios medios por las vías. La Secretaría de Movilidad aclara dudas.

"Me gané un parte en las afueras de Bogotá por haber sido rechazado en la revisión técnico mecánica y no sabía que debía inmovilizar el vehículo. Solamente me informaron que tenía 15 días para volver con el correctivo. ¿del camino del CDA al taller o viceversa me pueden multar?".
Este es tan solo uno de los muchos casos que llegan a esta sección que le han causado más de un dolor de cabeza a los propietarios de automóviles.
Vehículos le trasladó los siguientes interrogantes a la Secretaría de Movilidad:
¿Ese periodo de 15 días que les dan a los conductores que significa? ¿Les pueden poner un comparendo? ¿La persona queda autorizada para usar el carro?
Respuestas de la SDM
"Nuestra norma de tránsito Ley 769 de 2002 modificada por la Ley 1383 de 2010 menciona que por razones de seguridad vial y de protección al ambiente, el propietario o tenedor del vehículo de placas nacionales o extranjeras, que transite por el territorio nacional, tendrá la obligación de mantenerlo en perfectas condiciones mecánicas, ambientales y de seguridad.
Así mismo se menciona la periodicidad y los aspectos a verificar en mencionada revisión.
En el artículo 53 de la ley 769 de 2002 modificada por la ley 1383 de 2010 art. 13 hace aclaración que son los centros de Diagnóstico automotor legalmente constituidos y avalados por el Ministerio de Transporte los únicos autorizados para realizar las revisiones.
El parágrafo 1 es claro al mencionar: "quien no porte dicho documento incurrirá en las sanciones previstas en la ley..."
El Artículo 21 de la ley 1383 menciona :El articulo 131 de la ley 769 de 2002 quedará así :
Artículo 131 Multas. Los infractores de las normas de transito serán sancionados con la imposición de multas, de acuerdo con el tipo de infracción así:...C- serán sancionados con multas equivalentes a quince (15) salarios minìmos legales diarios vigentes(SMLDV) los conductores y/o propietarios de vehìculos automotores que incurran en la siguiente infraccion.
C.35 No realizar la revisión tecnico mecánica en el plazo legal establecido o cuando el vehículo no se encuentre en adecuadas condiciones técnico mecánicas o de emisiones contaminantes, aún cuando porte los certificados correspondientes, además el vehículo será inmovilizado".
Lo anterior menciona que será sancionada con la multa y la inmovilización, por no realizar la revisión técnico mecánica en el plazo legal establecido.
Los 15 días
Por último es de mencionar que los Centro de Diagnóstico Autorizados manejan la política de dar un plazo prudencial (15 días) para que se realicen los arreglos pertinentes cuando el vehículo ha sido rechazado en la primera revisión, este término por ellos otorgado es para no volver a cancelar los derechos o parte de ellos que la revisión ha generado, pero no para justificar que no se haya realizado la misma, Por lo tanto el vehículo no puede transitar por sus propios medios por las vías públicas o privadas ya que estaría infringiendo la normatividad vigente y poniendo en riesgo a la comunidad en general: En síntesis puede ser objeto de la imposición del comparendo y la inmovilización.
Se debe siempre transitar con los documentos legales vigentes requeridos y exigidos por la ley.
Por tanto si esta transitando sin la revisión técnico mecánica unificada, podrá ser objeto de la imposición de un comparendo y la inmovilización del mismo, sin perjuicio de que deba realizar la revisión técnico mecánica, para este efecto:
El procedimiento
Una vez realizada la orden de comparendo el procedimiento que se surte no es otro que el regulado por la ley, en este caso lo ordenando por la ley 769 de 2002 (C.N.T) artículo 135 y 136 del código Nacional de Tránsito modificado por la ley 1383 del 16 de marzo de 2010, que a su tener literal establece:
Artículo 24 de la ley 1383/ 2010: El artículo 136 de la Ley 769 de 2002, quedará así:
Artículo 136. Reducción de la Multa. Una vez surtida la orden de comparendo, si el inculpado acepta la comisión de la infracción, podrá sin necesidad de otra actuación administrativa, cancelar el cincuenta por ciento (50%) del valor de la multa dentro de los cinco días siguientes a la orden de comparendo, igualmente, o podrá cancelar el setenta y cinco (75%) del valor de la multa, si paga dentro de los veinte días siguientes a la orden de comparendo, en estos casos deberá asistir obligatoriamente a un curso sobre normas de tránsito en el Centro Integral de Atención, donde se cancelará un 25% y el excedente se pagará al organismo de tránsito. Si aceptada la infracción, esta no se paga en las oportunidades antes indicadas, el inculpado deberá cancelar el (100%) del valor de la multa más sus correspondientes intereses moratorios.
Si el inculpado rechaza la comisión de la infracción, el inculpado deberá comparecer ante el funcionario en audiencia pública para que este decrete las pruebas conducentes que le sean solicitadas y las de oficio que considere útiles. Si el contraventor no compareciere sin justa causa comprobada dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, la autoridad de tránsito después de 30 días de ocurrida la presunta infracción seguirá el proceso, entendiéndose que queda vinculado al mismo, fallándose en audiencia pública y notificándose en estrados.
En la misma audiencia, si fuere posible, se practicarán las pruebas y se sancionará o absolverá al inculpado. Si fuere declarado contraventor, se le impondrá el cien por ciento (100%) del valor de la multa prevista en el código.

a tener cuidado, yo pensaba que ese papel me daba 15 dias para transitar y no es asi, cuiado

Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
maurocky
21-06-2010, 17:20:48
buena info y detallada.

Chris Redfield
21-06-2010, 18:10:12
gra ias por la info viejo man

telonius30
10-07-2010, 00:15:40
gracias por la informacion