PDA

Ver la Versión Completa Con Imagenes : Claudia López le pide a la Corte despenalización total del aborto


Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
jav01
11-02-2020, 13:49:42
Claudia López le pide a la Corte despenalización total del aborto

La Secretaría de la Mujer envió concepto al tribunal llamando a proteger los derechos alcanzados.

https://www.eltiempo.com/files/article_main/files/crop/uploads/2019/10/29/5db81eede8c5b.r_1581440770186.0-60-3000-1553.jpeg

Dice que hacen faltan garantías para las mujeres.

La Secretaría de la Mujer, en representación de la alcaldesa Claudia López, pidió en un concepto enviado a la Corte Constitucional, la despenalización total del aborto y proteger los derechos alcanzados por las mujeres colombianas en la última década. EL TIEMPO reveló hace una semana que la postura de la Alcaldía iba en ese sentido.

En el documento, la Secretaría manifiesta que no puede haber un retroceso frente a lo dispuesto en la Sentencia C-355 de 2006 que despenalizó la práctica del aborto en tres circunstancias específicas, lo que representó un reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres como derechos fundamentales. Y le dice a la Corte que si decide pronunciarse de fondo frente al tema, lo haga despenalizando esa práctica.

Agrega el documento que las barreras socioculturales e institucionales (por parte de los sectores salud, justicia y protección) ya son lo suficientemente profundas y extendidas, y están impidiendo el goce efectivo de este derecho a las mujeres, y de otros derechos relacionados como la salud plena, la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad.

"Estas barreras exacerban condiciones de exclusión y discriminación; acentúan las desigualdades entre las mujeres; y ponen en riesgo su vida y su salud, al acudir a abortos clandestinos frente a las negativas y obstáculos para acceder a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)", señala el documento.

Entre las principales barreras que persisten se encuentran (dice el documento):

1) El enorme desconocimiento sobre la normatividad vigente de la IVE. Esto genera interpretaciones restrictivas por parte de profesionales de la salud, el sector justicia, las mismas mujeres y la ciudadanía en general. Es necesario hacer un mayor esfuerzo en divulgar la sentencia y las normas que la desarrollan.

2) En la atención en salud los principales obstáculos son: a) No existen protocolos que contengan los lineamientos del Ministerio de Salud para realizar el procedimiento, b) No se autoriza el procedimiento bajo el argumento de que las mujeres no cumplen con los requisitos, c) Se cuestiona o se intenta disuadir a las mujeres frente a su decisión, haciéndolas sentir culpables y juzgando su autonomía sexual y reproductiva; las mujeres no deben ser juzgadas ni criminalizadas por tomar decisiones sobre su vida y salud, d) Se solicitan requisitos adicionales, como la realización de juntas médicas o la autorización de madres-padres o de jueces, e) Faltan instituciones y prestadores en los niveles departamental, distrital y municipal, con capacidad técnica y profesional para realizar el procedimiento, f) Se niegan certificaciones médicas necesarias para acceder a la IVE, g) Existe violencia ginecobstétrica derivada de la solicitud de la IVE, h) Falta capacitación a profesionales de la salud para la práctica del procedimiento.

3) El ejercicio inadecuado de la objeción de conciencia. Se presenta cuando profesionales de la salud objetan conciencia sin justificación o fundamentadas no en creencias religiosas, sino en sus opiniones. Tras objetar conciencia no se remite a la mujer inmediatamente a otro profesional que pueda realizar el procedimiento, o no se da información relacionada con la IVE, aunque la objeción solo aplica para la realización del procedimiento. También existe una barrera cuando las instituciones prestadoras del servicio (públicas o privadas) objetan conciencia, toda vez que este derecho solo aplica para personas naturales y no jurídicas (instituciones). Asimismo, es frecuente la discriminación a profesionales no objetoras-es de conciencia.

4) La tipificación del aborto como un delito genera ambigüedad entre profesionales de la salud, quienes deben garantizar el derecho fundamental a la IVE y, al mismo tiempo, enfrentarse al dilema de si la práctica de este procedimiento representa la comisión de un delito.

5) El modelo de causales que rige actualmente (cuando peligra la vida o la salud de la madre; cuando se presenta malformación del feto incompatible con la vida; y cuando el embarazo es producto de violencia sexual), pone en el centro de la toma de decisiones a profesionales de la salud. El procedimiento está supeditado a un concepto médico, quitándole a las mujeres autonomía y libertad para decidir sobre la maternidad.

6) Faltan acciones de inspección, vigilancia y control, por parte de las entidades competentes, para generar investigaciones y sanciones ejemplarizantes a las instituciones de salud en las que se han documentado persistentes barreras de acceso a la IVE. Esto refuerza las barreras existentes y no permite que las instituciones, que prestan el servicio, adecuen sus prácticas para garantizar de manera oportuna el acceso de las mujeres a la IVE.

7) Las mujeres rurales, indígenas, migrantes en condición de permanencia irregular, niñas menores de 14 años y mujeres con discapacidad, deben enfrentar mayores barreras para interrumpir su embarazo, viéndose obligadas a tener una maternidad forzada, o a utilizar servicios clandestinos que ponen en peligro su salud y su vida. Esto también causa mayores dificultades de acceso a la IVE mediadas por la ubicación geográfica y la situación económica de las mujeres.

8) Existe una enorme brecha en el acceso a la IVE relacionada con la capacidad económica de las mujeres. Cifras de la Secretaría de Salud muestran que del total de abortos registrados entre 2014 y 2019 en Bogotá (52.726), cerca del 82% se realizó a través de servicios particulares.

9) La estigmatización es uno de los principales obstáculos sociales y culturales que deben enfrentar las mujeres. Por un lado, hay una fuerte discriminación hacia esta práctica y por el otro, sigue prevaleciendo el estereotipo de la maternidad como principal fin de la mujer. Estos estereotipos atentan contra la autonomía y la libertad de las mujeres de decidir sobre su plan de vida, y generan una valoración asimétrica de la vida de las mujeres frente a la vida por nacer.

10) En casos de violencia sexual, las barreras son aún más profundas. Entre las más comunes se encuentran: a) No admitir la denuncia, b) Realizar procedimientos de toma de denuncia revictimizantes (por ejemplo, indagar y cuestionar los comportamientos personales de las mujeres o no dar credibilidad a la versión de la víctima), c) Solicitar información detallada sobre el agresor, d). Advertir sobre repercusiones penales por efectuar la denuncia o acceder a la IVE.

Por último, la Secretaría recordó a las mujeres en Bogotá que, ante cualquier situación que vulnere el ejercicio pleno de sus derechos sexuales y reproductivos, pueden acudir gratuitamente durante las 24 horas del día, todos los días del año; a Línea Púrpura 018000 112 137 o al chat de whatsapp 300 755 18 46 para recibir orientación.


FUENTE: eltiempo.com

Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
NixSevilla
11-02-2020, 14:49:49
complicado, hoy en las noticias hablaban de una mujer de siete meses de embarazo que se hizo un aborto, considero que muchos de los humanos han nacido de 7 meses, eso ya no es un aborto eso es un asesinato, pues no se pienso yo.

MEMIN
11-02-2020, 17:30:38
está machorra no tiene la cuca bien puesta para hablar de ese tema..

+Wilfred
11-02-2020, 18:23:27
complicado, hoy en las noticias hablaban de una mujer de siete meses de embarazo que se hizo un aborto, considero que muchos de los humanos han nacido de 7 meses, eso ya no es un aborto eso es un asesinato, pues no se pienso yo.Es un asunto muy complejo, porque aunque es claro que hay tres escenarios bajo los cuales se despenaliza el aborto, aún existen vacíos jurídicos dentro de la misma. Por ejemplo, no se habla de un tiempo máximo para la realización de un aborto, y creo que no hay algo específico sobre casos en los que la madre presuntamente padezca de algún trastorno mental.

En este punto, considero que Profamilia no actuó dentro de la ley, y lo que se realizó fue un aborto ilegal, que no es más que un asesinato.

Enviado desde mi moto g(6) plus mediante Tapatalk

xxmen
14-02-2020, 01:10:12
difícil desicion .