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Ver la Versión Completa Con Imagenes : Tener sexo en un aula no debe ser causal de expulsión: Corte Constitucional


Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
Soyado
11-09-2018, 21:05:40
La Corte Constitucional falló a favor de una tutela presentada por dos estudiantes -una menor y un mayor de edad-, a los cuales se les canceló la matrícula y se les expulsó de un colegio de régimen militar por el hecho de tener relaciones sexuales en uno de los salones de la institución.

Me enteré de esto en ‘El Tiempo’ hace un par de horas y los hechos que comento acá son un resumen a mi manera de lo que leí, así que de antemano pido me disculpen si hay algún detalle que no cuento con la suficiente veracidad.

El par de alumnos fue “pillado” por un celador quien los grabó en sus quehaceres lascivos digámosles así, dice el artículo del mencionado diario en su edición virtual de hoy 11 de septiembre. La noticia no especifica qué estaba haciendo exactamente la pareja, ni con qué registró el celador el susodicho video ni cómo este los descubrió. Tampoco se menciona el nombre del colegio ni mucho menos la ciudad o municipio donde ocurrió la vaina…

Los protagonistas del incidente reconocieron ante las autoridades escolares que sí, que cogieron el salón como cuarto de motel (mucho sapo el celador… Es lo que supongo, ¿no?), y pues los gerifaltes de la escuela consideraron esto como una falta gravísima y procedieron a aplicarles el ‘You Fired’ trumpiano a los avergonzados amantes colegiales.

Pero afortunadamente la historia tuvo un final feliz para nuestros calenturientos personajes: la Corte Constitucional le ordenó al colegio militar: ‘restituyan a esos muchachos y comiencen de cero el proceso disciplinario’ (¿Cuál habrá sido la reacción del guachimán stalker? Y yo dele con este tipo, ah?...)

La Corte, palabras más palabras menos, concluyó ante el caso que si bien pudo ser una falta al manual de convivencia, lo que estaban haciendo estos estudiantes hacía parte de su esfera íntima y que no afectó a terceros. Además, como ellos reconocieron lo que hicieron, agregó la C.C que la matrícula condicional bien pudo serles aplicada como una amonestación justa.

¿Ustedes qué opinan al respecto? ¿Será que este acontecimiento ha empezado a marcar un antes y un después en parte de la justicia colombiana? ¿Seguirá el celador laborando en el ‘cole’? ¿Qué pasa si la pelada quede embarazada? ¿Ya circulará el video por ahí?... Bueno: entre broma y seriedad, el debate ha quedado abierto ya.


Por Soyado

Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
MEMIN
11-09-2018, 21:23:36
luz verde al voleo de calzoncillo en las instituciones educativas :evil4:

Soyado
11-09-2018, 21:54:57
luz verde al voleo de calzoncillo en las instituciones educativas :evil4:

Es una de las posibilidades en las que he estado pensando, compa...

!!! OoOops !!!
11-09-2018, 23:16:34
Ahhh Buehhhh.....


Entonces van a seguir dandole cuerda a los IMBECILES MILLENNIALS para q sigan haciendo lo q les de la puta gana y sin el menor esfuerzo????


y que Sigue???? Q ESTOS MARICONES suban a Petro, x q es cool ser de la oposicion.... q SIGAN abandonando sus trabajos x q LO MIO ES VIAJAR.... y asi, bn puteada q esta la sociedad, sigamos VOLVIENDOLA SHIT!!!!


Q SIGAN FUMANDO MARIHUANA y diciendo: Accidentes x alcohol 5780, accidentes x Marihuana 0 >> Y LOS MUY PELOTUDOS SE CREEN ESA MIERDA!!!!
Entonces pasado mañana x ir culiando en un auto, x q es el reto de temporada, matan a una lesbiana virgen y QUE QUEDEN LIBRES HDP!!!! Una Lesbiana mas una lesbiana menos!!! Ademas el video quedo cool y agregale q estaban desarrollando su sexualidad!!!!


NI CHIMBA MARICA!!!!

!!! OoOops !!!
11-09-2018, 23:27:54
Q Buenos Temas estas planteando Soyado .... a ver si nos metemos mas x esta parte social y NOS salimos de esa SHIT q plantean los honorables Uribistas y los PUTOS Petristas de la Shit Acomplejados q se creen discriminados e insultados.... PELOTUDOS LLORONES!!!

Soyado
12-09-2018, 04:48:27
Q Buenos Temas estas planteando Soyado .... a ver si nos metemos mas x esta parte social y NOS salimos de esa SHIT q plantean los honorables Uribistas y los PUTOS Petristas de la Shit Acomplejados q se creen discriminados e insultados.... PELOTUDOS LLORONES!!!

Gracias por tus opiniones, OoOops, y por tu aliento a continuar planteando estos posts. El tema tiene tanto de ancho como de largo y por supuesto que la decisión de la Corte tiene quien la apoye y también sus detractores. Así mismo por un lado está el libre ejercicio de prácticas sexuales con el que gozamos todos, pero aquí ya entra a jugar la parte de la convivencia ciudadana por el tema de sitios donde se práctica, vos entendés, que da lugar precisamente al debate que he dejado referido.

RICARDO69
12-09-2018, 08:32:40
Cada cosa en su lugar.

A los colegios se va a estudiar y a los moteles a tirar.

La Corte se está descachando mucho ultimamente...

Jason Niche
12-09-2018, 09:25:19
Se echo unas pajas antes de entregar el video el celador morboson .



https://i.ytimg.com/vi/ZKfGItH6yU4/maxresdefault.jpg

Heráclito
12-09-2018, 11:03:13
El fallo trae varios aspectos interesantes que se ajustan a los principios generales del derecho y el respeto a los derechos fundamentales contemplados en la Constitución:

- Preexistencia: Lo primero es que la conducta reprochable y su sanción debe estar establecida en los manuales de convivencia.

- Gradualidad: Lo segundo es que el modelo de sanciones debe configurarse gradualmente según la gravedad de la falta atendiendo los principios de proporcionalidad y razonabilidad.

- Afectación: Además, hay que establecer si la conducta pertenece a la esfera íntima de la pareja o si afecta a terceros, lo que no se dio en este caso, es decir, no trascendió a la comunidad educativa.

- Intimidad: El video violó la intimidad de la pareja.

- Atenuantes: La aceptación del hecho debió tenerse en cuenta como atenuante y haber aplicado una sanción menor.

- Garantías: El proceso disciplinario debe estar rodeado de garantías.

Hay que aclarar que se ordenó el reintegro de la pareja, pero una vez se haga debe iniciarse el proceso disciplinario correspondiente.

Zeber
12-09-2018, 11:16:38
Que arrechera tan grande pa´culiar en el colegio, mínimo no tienen pal´motel o los padres no les dejan la casa a solas xDD

RICARDO69
12-09-2018, 13:12:49
El fallo trae varios aspectos interesantes que se ajustan a los principios generales del derecho y el respeto a los derechos fundamentales contemplados en la Constitución:

- Preexistencia: Lo primero es que la conducta reprochable y su sanción debe estar establecida en los manuales de convivencia.

- Gradualidad: Lo segundo es que el modelo de sanciones debe configurarse gradualmente según la gravedad de la falta atendiendo los principios de proporcionalidad y razonabilidad.

- Afectación: Además, hay que establecer si la conducta pertenece a la esfera íntima de la pareja o si afecta a terceros, lo que no se dio en este caso, es decir, no trascendió a la comunidad educativa.

- Intimidad: El video violó la intimidad de la pareja.

- Atenuantes: La aceptación del hecho debió tenerse en cuenta como atenuante y haber aplicado una sanción menor.

- Garantías: El proceso disciplinario debe estar rodeado de garantías.

Hay que aclarar que se ordenó el reintegro de la pareja, pero una vez se haga debe iniciarse el proceso disciplinario correspondiente.

Vamos por partes:

¿Cómo así que la conducta debe estar establecida en el manual de convivencia o sino no es sancionable?

¿Y dónde me deja la ley y el lleno de los vacíos que se presenten en contratos, reglamentos, manuales y similares?

Suponga que un chino de esos le dé por llevar una bomba atómica al colegio.

Estoy completamente seguro que en ningún manual de convivencia del mundo se prohíbe llevar específicamente una bomba atómica al colegio.

¿No se puede sancionar eso porque no está especificado en el manual?

LEONARD
12-09-2018, 16:26:09
Vamos por partes:

¿Cómo así que la conducta debe estar establecida en el manual de convivencia o sino no es sancionable?

¿Y dónde me deja la ley y el lleno de los vacíos que se presenten en contratos, reglamentos, manuales y similares?

Suponga que un chino de esos le dé por llevar una bomba atómica al colegio.

Estoy completamente seguro que en ningún manual de convivencia del mundo se prohíbe llevar específicamente una bomba atómica al colegio.

¿No se puede sancionar eso porque no está especificado en el manual?El tipo es mayor de edad y ella menor. Ese detalle se les pasó por alto?? Ahí no tiene nada que ver el manual de convivencia sino directamente la policía.

Enviado desde mi tostadora quematronic 3000

RICARDO69
12-09-2018, 19:42:05
Ya que no se puede sancionar, en el manual de convivencia deberían anotar la tarifa para alquilar el salón para tirarse a las compañeras o a las profesoras.

Pingüe negocio, socio. Los colegios se van a llenar de plata.

Soyado
12-09-2018, 20:17:04
Se echo unas pajas antes de entregar el video el celador morboson .



https://i.ytimg.com/vi/ZKfGItH6yU4/maxresdefault.jpg

Jajaja. Ahhh, compa, qué gracioso.

Heráclito
12-09-2018, 20:51:14
Vamos por partes:

¿Cómo así que la conducta debe estar establecida en el manual de convivencia o sino no es sancionable?

¿Y dónde me deja la ley y el lleno de los vacíos que se presenten en contratos, reglamentos, manuales y similares?

Suponga que un chino de esos le dé por llevar una bomba atómica al colegio.

Estoy completamente seguro que en ningún manual de convivencia del mundo se prohíbe llevar específicamente una bomba atómica al colegio.

¿No se puede sancionar eso porque no está especificado en el manual?

Son preguntas para la Corte Constitucional. Me limito a citar los aspectos del fallo para mayor claridad de los usuarios y obviamente se refiere a conductas propias de la convivencia en los establecimientos educativos.

Pzicop
12-09-2018, 20:53:14
Por supuesto que no debe ser causal de expulsión...para eso están las clases de sexualidad.

cesar coy
13-09-2018, 07:24:32
A riesgo de que me tachen de acosador y violador por meter la cucharada: ¿Es necesario repetir el Codigo Civil y el Penal en todos los manuales de convivencia?

El nuestro no pasa de una pagina y se limita a los codigos de comportamiento y vestuario. Como en esos cinco parrafos no prohibimos expresamente el secuestro de pacientes para convertirlos en bombas o la utilización de los computadores para desarrollar una red que aniquile la raza humana no se si alguien sienta que estamos cohonestando con esas practicas terroristas.

RICARDO69
13-09-2018, 09:08:46
A riesgo de que me tachen de acosador y violador por meter la cucharada: ¿Es necesario repetir el Codigo Civil y el Penal en todos los manuales de convivencia?

El nuestro no pasa de una pagina y se limita a los codigos de comportamiento y vestuario. Como en esos cinco parrafos no prohibimos expresamente el secuestro de pacientes para convertirlos en bombas o la utilización de los computadores para desarrollar una red que aniquile la raza humana no se si alguien sienta que estamos cohonestando con esas practicas terroristas.

Precisamente, César, porque no se puede hacer eso en todos los documentos que circulan en el país es que la misma ley dice expresamente que en los vacíos que dejen o en las cosas que sean contrarias a la ley, se aplicará esta última.

Ha dado usted en el clavo...

Augustus_cole
13-09-2018, 09:22:47
La expulsión fue una sanción exagerada. Un castigo y contarle a los padres era suficiente. No se trata de permitir lo que sea, sino de medir bien las sanciones. Estoy seguro que a los que han pillado copiando en los exámenes, espiando a las niñas en el baño o vendiendo contrabando en ese colegio no los han expulsado y esas si son conductas graves.

Enviado desde el cielo mediante Tapatalk

cesar coy
13-09-2018, 09:50:45
Precisamente, César, porque no se puede hacer eso en todos los documentos que circulan en el país es que la misma ley dice expresamente que en los vacíos que dejen o en las cosas que sean contrarias a la ley, se aplicará esta última.

Ha dado usted en el clavo...


Eso pensé. No me imaginé que hiciera falta aclararlo. Y revisando los aportes anteriores de todos los foristas...concluyo que sobraba hacerlo.

RICARDO69
13-09-2018, 10:17:41
Eso pensé. No me imaginé que hiciera falta aclararlo. Y revisando los aportes anteriores de todos los foristas...concluyo que sobraba hacerlo.

Pero Heráclito dice que si no está expresamente tipificado como sancionable en el manual de convivencia, no hay nada que hacer y a tirar, a tirar, que el mundo se va a acabar...

cesar coy
13-09-2018, 10:24:56
Pero Heráclito dice que si no está expresamente tipificado como sancionable en el manual de convivencia, no hay nada que hacer y a tirar, a tirar, que el mundo se va a acabar...


Creo que es evidente que hablaba sobre los reglamentos internos de convivencia y lo que ellos pueden reglamentar. Es mas, creo que ese era el tema inicial del topic. Pero puedo estar equivocado.

Heráclito
13-09-2018, 10:35:42
Eso pensé. No me imaginé que hiciera falta aclararlo. Y revisando los aportes anteriores de todos los foristas...concluyo que sobraba hacerlo.

Cada loro en su estaca.

Los manuales de convivencia de los establecimientos educativos reglan la manera como debe funcionar la comunidad escolar. Nada más.

Cualquier conducta que trascienda este específico ámbito tiene sus propias reglas como conductas penales, civiles o laborales: acoso sexual, desmejora salarial o tráfico de drogas, por ejemplo.

Desde esa perspectiva hay que entender el fallo de la Corte Constitucional. Como cualquier ordenamiento jurídico, estos manuales de convivencia deben sujetarse a la Carta.

Por tanto, deben ir acordes con los principios fundamentales, uno de los cuales es que una conducta, para ser sancionada, debe estar previamente contemplada en el respectivo ordenamiento.

De no ser así, daría lugar a múltiples abusos, en este caso de convivencia, como de la noche a la mañana prohibir las minifaldas, las muestras de afecto o los tatuajes, por ejemplo, sin que esto haya sido reglado en el respectivo manual de convivencia.

Muchas veces ha intervenido la Corte para frenar los abusos de los manuales de convivencia. Ver aquí (http://www.denunciando.com/politica-y-sociedad-85/1099131-las-veces-que-la-corte-ha-intervenido-los-manuales-de-convivencia.html). Y éste es uno más, en el que se reitera que no pueden ir en contra de la Constitución.

Respecto a los vacíos, deben llenarse de acuerdo con la abundante jurisprudencia sobre el tema y los principios fundamentales de la Constitución. No sirven, sino apenas como ejemplo, ordenamientos similares ya que cada cual reglamenta una comunidad educativa determinada y no existe un estatuto disciplinario para los colegios del país debido a la autonomía educativa.

Finalmente, resulta absurdo señalar que los vacíos de los manuales de convivencia deben llenarse con los códigos penales, por ejemplo. No se pueden revolver peras con manzanas. Si una conducta cometida dentro de un establecimiento educativo viola el código penal, pues se cometió un delito y debe tratarse de esta manera por haber trascendido el ámbito disciplinario.

RICARDO69
13-09-2018, 10:43:41
Creo que es evidente que hablaba sobre los reglamentos internos de convivencia y lo que ellos pueden reglamentar. Es mas, creo que ese era el tema inicial del topic. Pero puedo estar equivocado.

¿Y cuál es la razón de que usted sea tan inteligente para interpretar lo que quiso decir Heráclito y tan ..., no encuentro la palabra..., ya. tan cabeciduro para lo que expresamos los demás?

cesar coy
13-09-2018, 13:11:15
¿Y cuál es la razón de que usted sea tan inteligente para interpretar lo que quiso decir Heráclito y tan ..., no encuentro la palabra..., ya. tan cabeciduro para lo que expresamos los demás?

Me limité a leer lo que él escribió.


Estabamos hablando acerca de los reglamentos internos, él aporta acerca de los reglamentos internos. No se me pasó por la cabeza que, a falta de una sola linea que así lo indicara, estuviera abordando ambitos distintos a los de los reglamentos internos.

¿O me perdí de algo? ¿Cual de sus lineas permitía inferir lo contrario?

RICARDO69
13-09-2018, 13:46:54
- Preexistencia: Lo primero es que la conducta reprochable y su sanción debe estar establecida en los manuales de convivencia.



Esto es lo que escribió Heráclito y dijo que eso era orden constitucional.

Recuerde que las verdades a medias son mentiras completas.

Si bien es cierto que lo que escribió se aplica al principio de tipicidad, o sea que nadie puede ser juzgado por una conducta que no esté perfectamente descrita y escrita en la ley y que sea preexistente, eso no se aplica a los actos administrativos, reglamentos, manuales, contratos y demás escritos.

La razón es que nadie puede ser obligado a actuar fuera de la ley a pesar de que haya firmado un documento y tampoco que una autoridad, sea cual sea, puede emitir normas que estén contrarias a la Cosntitución y a las leyes.

Por eso, cuando le respondí a Heráclito la primera vez hacia alusión al lleno de los vacíos en los manuales de convivencia y que el hecho que no esté especificado en dichos manuales no les da derecho a hacer lo que les da la gana escudándose en que eso no se contempla allí, pues está perfectamente definido que la ley y la Constitución están por encima de ese tipo de normas y lo que no lo contemplen será suplido por ellas.

¿Fácil, cierto?

Heráclito
13-09-2018, 13:49:54
Esto es lo que escribió Heráclito y dijo que eso era orden constitucional.

Recuerde que las verdades a medias son mentiras completas.

Si bien es cierto que lo que escribió se aplica al principio de tipicidad, o sea que nadie puede ser juzgado por una conducta que no esté perfectamente descrita y escrita en la ley y que sea preexistente, eso no se aplica a los actos administrativos, reglamentos, manuales, contratos y demás escritos.

La razón es que nadie puede ser obligado a actuar fuera de la ley a pesar de que haya firmado un documento y tampoco que una autoridad, sea cual sea, puede emitir normas que estén contrarias a la Cosntitución y a las leyes.

Por eso, cuando le respondí a Heráclito la primera vez hacia alusión al lleno de los vacíos en los manuales de convivencia y que el hecho que no esté especificado en dichos manuales no les da derecho a hacer lo que les da la gana escudándose en que eso no se contempla allí, pues está perfectamente definido que la ley y la Constitución están por encima de ese tipo de normas y lo que no lo contemplen será suplido por ellas.

¿Fácil, cierto?

La afirmación no es mía, es de la Corte Constitucional y la plasma en el fallo que es motivo del post.

cesar coy
13-09-2018, 13:55:06
La afirmación no es mía, es de la Corte Constitucional y la plasma en el fallo que es motivo del post.



O sea que la Corte también esta avalando que se detone una bomba atómica en un colegio???????

¿Dice algo acerca de que no se pueden usar los buses del colegio para apostar carreras de borrachos en el vecindario o al omitir hacerlo las está autorizando?

No faltara el que diga que esos temas ya estan cubiertos por la ley. O no, pensandolo bien, parece que si falta.

Heráclito
13-09-2018, 22:37:21
O sea que la Corte también esta avalando que se detone una bomba atómica en un colegio???????

¿Dice algo acerca de que no se pueden usar los buses del colegio para apostar carreras de borrachos en el vecindario o al omitir hacerlo las está autorizando?

No faltara el que diga que esos temas ya estan cubiertos por la ley. O no, pensandolo bien, parece que si falta.

Lo de la bomba atómica y demás es la falacia llamada "hombre paja", que se caracteriza por caricaturizar una postura para facilitar el ataque.

Hannibal Lecter
14-09-2018, 09:46:06
Lo de la bomba atómica y demás es la falacia llamada "hombre paja", que se caracteriza por caricaturizar una postura para facilitar el ataque.

Los "Hombres Paja" de Denunciando, son expertos en eso. Y en inventarse cosas que uno no ha dicho pero que según ellos "fue lo que quiso decir" para facilitarles sus ataques en el limitado vocabulario que se aprendieron para debatir.

Es que si alguien entra al foro y no está de acuerdo con estos pelafustanes, por derecha debe ser mamerto, guerrillo,petrista,castrochavista. Así nunca mencione nada de eso en sus respuestas.

!!! OoOops !!!
14-09-2018, 11:03:03
Tal como en la vida real, TAAAANTO pelotudo APROBANDO a TAAAAAAAANTOS pelotudos, solo por llevarse el punto, asi vaya en contra de la logica!!!

Frank Lucas
14-09-2018, 13:28:35
Cada loro en su estaca.

Los manuales de convivencia de los establecimientos educativos reglan la manera como debe funcionar la comunidad escolar. Nada más.

Cualquier conducta que trascienda este específico ámbito tiene sus propias reglas como conductas penales, civiles o laborales: acoso sexual, desmejora salarial o tráfico de drogas, por ejemplo.

Desde esa perspectiva hay que entender el fallo de la Corte Constitucional. Como cualquier ordenamiento jurídico, estos manuales de convivencia deben sujetarse a la Carta.

Por tanto, deben ir acordes con los principios fundamentales, uno de los cuales es que una conducta, para ser sancionada, debe estar previamente contemplada en el respectivo ordenamiento.

De no ser así, daría lugar a múltiples abusos, en este caso de convivencia, como de la noche a la mañana prohibir las minifaldas, las muestras de afecto o los tatuajes, por ejemplo, sin que esto haya sido reglado en el respectivo manual de convivencia.

Muchas veces ha intervenido la Corte para frenar los abusos de los manuales de convivencia. Ver aquí (http://www.denunciando.com/politica-y-sociedad-85/1099131-las-veces-que-la-corte-ha-intervenido-los-manuales-de-convivencia.html). Y éste es uno más, en el que se reitera que no pueden ir en contra de la Constitución.

Respecto a los vacíos, deben llenarse de acuerdo con la abundante jurisprudencia sobre el tema y los principios fundamentales de la Constitución. No sirven, sino apenas como ejemplo, ordenamientos similares ya que cada cual reglamenta una comunidad educativa determinada y no existe un estatuto disciplinario para los colegios del país debido a la autonomía educativa.

Finalmente, resulta absurdo señalar que los vacíos de los manuales de convivencia deben llenarse con los códigos penales, por ejemplo. No se pueden revolver peras con manzanas. Si una conducta cometida dentro de un establecimiento educativo viola el código penal, pues se cometió un delito y debe tratarse de esta manera por haber trascendido el ámbito disciplinario.
Que pena hera pero, aqui si tengo que discrepar con vos, hay conductas logicas en el razonamiento humano, conductas que estan estipuladas en forma general en un manual de convivencia educativo, lo puedo decir pq mis padres llevan mas de 20 años en la educacion y a raiz de esto eh conversado, mi padre ha sido rector por mas de 10 años y madre psicologa por mas de 25 años, y me explican: que se entiende es que en manual esta creado tando para estudiantes como para la comunidad educativa, debe tener una actuacion acorde con los PRINCIPIOS ESTIPULADOS EN EL BUEN SER Y EL BUEN ACTUAR, esto nos deja claro que hay acciones que asi no esten nombradas dentro de el manual de convivencia, estan implicitas dentro de el.


y que pena hera pero no se si suene retrograda pero en mis tiempos escolares no se veia eso y no estoy viejo apenas tengo 28 años!! si me iba a comer una vieja me la llevaba para la casa de ella o la mia o en la casa de alguien pero en pleno salon no


Maldito reggaeton!!:P:P

Heráclito
14-09-2018, 15:23:10
Que pena hera pero, aqui si tengo que discrepar con vos, hay conductas logicas en el razonamiento humano, conductas que estan estipuladas en forma general en un manual de convivencia educativo, lo puedo decir pq mis padres llevan mas de 20 años en la educacion y a raiz de esto eh conversado, mi padre ha sido rector por mas de 10 años y madre psicologa por mas de 25 años, y me explican: que se entiende es que en manual esta creado tando para estudiantes como para la comunidad educativa, debe tener una actuacion acorde con los PRINCIPIOS ESTIPULADOS EN EL BUEN SER Y EL BUEN ACTUAR, esto nos deja claro que hay acciones que asi no esten nombradas dentro de el manual de convivencia, estan implicitas dentro de el.


y que pena hera pero no se si suene retrograda pero en mis tiempos escolares no se veia eso y no estoy viejo apenas tengo 28 años!! si me iba a comer una vieja me la llevaba para la casa de ella o la mia o en la casa de alguien pero en pleno salon no


Maldito reggaeton!!:P:P


Son dos puntos de vista del mismo tema que al final confluyen en uno solo: el respeto a los derechos fundamentales.

Por supuesto que los manuales de convivencia deben estar acordes con el buen ser y el buen actuar, es decir, normas culturales asociadas a un período histórico dentro de un ámbito determinado.

Pero este microcosmos que es un establecimiento educativo (y aquí tenemos el otro punto de vista) no puede ir en contravía de la Constitución y sus principios fundamentales, como el que rechaza la discriminación, por ejemplo, o el libre desarrollo de la personalidad.

En el presente caso, la Corte no está permitiendo el acceso carnal como equivocadamente lo interpretan los periodistas.

Lo que no está de acuerdo es con la sanción, con la violación a la intimidad (el video), con el proceso disciplinario que debió rodearse de garantías, etc.

Por ello, al reintegro de los alumnos debe seguir el proceso disciplinario correspondiente acorde con los lineamientos del fallo.

Soyado
15-09-2018, 09:39:46
Me halaga que el post haya podido generar este debate, y eso que no lo expuse con la formalidad del caso sino de una manera harto descomplicada. Las reacciones que se leen aquí creo que demuestran una vez más que esta situación con estos alumnos admite todas las aristas posibles en cuanto a análisis comportamentales, jurídicos, políticos, etc; cada quien asumirá una posición o se mantendrá neutro.

Misos
16-09-2018, 13:47:03
Algunos manuales de convivencia (es decir algunas instituciones, no sé si son mayoría) sí preveen esas situaciones, las contemplan y advierten dentro de su normatividad