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Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
jav01
12-06-2018, 13:53:00
A sus 75 años, olvidó pagar unas galletas y terminó en un calabozo

http://www.elcolombiano.com/documents/10157/0/580x387/0c11/580d365/none/11101/OILJ/image_content_31211496_20180612103602.jpg

Entre ladrones, jíbaros y otros personajes de similar porte encarcelados en una de las URI de la Fiscalía en Bogotá tuvo que pasar toda una tarde la señora Clara Inés Forero de Ramírez, a sus 75 años de edad.

¿Qué tan grave pudo hacer esta mujer vecina del barrio La Palestina? al parecer fue por un paquete de galletas de 2.000 pesos que olvidó pagar de un supermercado de la localidad.

“Las galletas las metí debajo de unas taleguitas y al pagar solo pagué los Soflán. Se me olvidó pagar las galletas”, relató a medios nacionales.

Según su historia, al percatarse del olvido, volvió a pagarlas, pero al reingresar al local comercial, uno de sus vigilantes la hizo llenar un formulario y llamó a la Policía.

Luego de ser llevada a las instalaciones de la Fiscalía, esta señora estuvo varias horas tras las rejas, esperando a que fuera reseñada y le levantaran los primeros antecedentes judiciales de su vida.

Ante lo que sus familiares han considerado un abuso contra una mujer honorable y de familia, la Policía de Bogotá contestó que la detención hace parte de un procedimiento rutinario y que queda a discreción del establecimiento comercial si deciden o no llamarlos.

Aunque Clara Inés volvió a la libertad y a sus tareas rutinarias, ahora deberá enfrentarse a un proceso de tipo penal.

¿Se violaron sus derechos?

EL COLOMBIANO consultó a Juan Carlos Álvarez, abogado experto en derecho penal, sobre este caso y si hubo alguna violación en los derechos de la señora Forero:

1. ¿Podrían acusar a la señora de algún delito?

Si la señora simplemente olvidó pagar no hay delito. El hurto requiere dolo es decir, voluntad de cometer el delito. Si fue por olvido que se llevó las galletas sin pagar es claro no hay delito.

2. ¿Hasta qué punto se podría considerar que hay extralimitación en las funciones de los vigilantes de empresas privadas, cuando retienen personas?

Si el hecho ocurrió en la forma indicada, creo que es una actuación excesiva y desproporcionada que ameritaría que se investigue y se determine si los agentes de la autoridad que intervinieron pudieron excederse en sus funciones. Eso sí, debe primero investigarse antes de emitir un juicio.

3. ¿Hay alguna norma que permita proteger a poblaciones vulnerables, como es la tercera edad, de este tipo de casos?

La norma constitucional citada es un mandato para las autoridades públicas, creo que un persona de 75 años merece un trato más considerado y respetuoso, máxime si lo que le sucedió fue producto del olvido que es un asunto que le puede suceder a cualquier persona. Sabemos que a medida que pasan los años ciertas facultades se pueden ir deteriorando y eso es lo que exige un trato mas considerado con personas como la señora mencionada.


FUENTE: elcolombiano.com