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Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
Heráclito
29-05-2018, 14:25:27
Bienvenidos los límites y los ajustes a la JEP.

JEP no podrá juzgar a excombatientes de Farc pedidos en extradición

Procedimiento para la justicia de paz se destrabó en el Congreso.

http://www.eltiempo.com/files/article_main/uploads/2018/03/30/5abee4d4922b6.jpegAsí lo aprobaron este martes las comisiones primeras de Senado y Cámara
Foto: Diego Caucayo / Archivo EL TIEMPO

Por: Política 29 de mayo 2018 , 01:17 p.m.

Los excombatientes de las Farc que sean pedidos en extradición no podrán ser juzgados previamente por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Así lo aprobaron este martes las comisiones primeras de Senado y Cámara, las cuales avanzaron en la votación del proyecto de ley que crea el procedimiento para que la justicia transicional procese a los actores del conflicto armado.

Las células congresionales habían metido la iniciativa en una especie de congelador la semana pasada, debido, entre otras razones, a la proximidad de la primera vuelta presidencial, que se cumplió el pasado domingo.

Uno de los artículos más polémicos de la norma había sido el que habla de las facultades de la JEP en cuanto a los excombatientes de la exguerrilla que sean pedidos en extradición, como ha sido el caso de Jesús Santrich.

Este artículo suscitó, incluso, un enfrentamiento entre miembros del equipo jurídico del partido político Farc y ponentes del proyecto de ley, la semana pasada.

Para los abogados del movimiento político de la exguerrilla era necesario que se incluyera en ese artículo que la JEP podría realizar el juzgamiento de los exintegrantes de esa agrupación en Colombia, como paso previo a avalar su extradición.

Sin embargo, los ponentes de la iniciativa y el Gobierno insistieron en que el artículo quede como está, es decir, que la JEP se limitará a avalar las fechas en que se cometió el supuesto delito por el que se pide la extradición y que este haya sido cometido luego de firmado el acuerdo de paz.

El Congreso acogió esta posición este martes y el artículo fue aprobado por 11 votos por el sí y 0 por el no en la Comisión Primera del Senado y 22 por el sí y 0 por el no en la de la Cámara.

En este sentido, el representante a la Cámara por el Partido Conservador y miembro de la Comisión Primera de la Cámara, Óscar Fernando Bravo, afirmó que el artículo se aprobó “con el compromiso de que se revise en las plenarias”.

“Varios congresistas pedimos que la JEP solamente pueda dar el aval sobre las fechas de la supuesta comisión del delito y que no practique ningún tipo de prueba para ello”, afirmó el representante nariñense.

Se espera que este martes las comisiones primeras evacúen el proyecto de ley de procedimiento de la JEP para que este cumpla sus dos pasos finales en las plenarias de Senado y Cámara y esté aprobado antes del 20 de junio, cuando concluyan las sesiones ordinarias.

POLÍTICA

Fuente: El Tiempo