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Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
RICARDO69
26-10-2017, 09:17:12
JEP, cada vez más interrogantes


Si hubo un capítulo de los acuerdos entre el Gobierno y las Farc que tuvo seguimiento y atención de medios de comunicación, estudiosos, juristas y analistas, fue el de la creación del nuevo sistema de justicia transicional. Cuando se comenzó a negociar con la guerrilla el país pensó que este punto tendría mayor dificultad que cualquier otro, pues abordaría y definiría el tipo de justicia que se iba a aplicar a los responsables de graves crímenes contra la sociedad colombiana.

A medida que avanzó el largo proceso en La Habana, hasta la firma final de los dos acuerdos (uno rechazado en plebiscito y otro “renegociado” de afán para que lo aprobara el Congreso) fue quedando claro que las Farc lograron cambiar el esquema. Al final los negociadores del Gobierno aceptaron una modalidad de justicia transicional en la que casi cualquier persona podría ser justiciable en aplicación de los criterios de si intervino en delitos relacionados con el conflicto, directa o indirectamente, sea como actor armado o desarmado. No era si no escuchar las declaraciones de los voceros y asesores de las Farc frente a las de los delegados gubernamentales para concluir, sin necesidad de sesgos ideológicos, quién alcanzó mejores logros “según sus intereses”. Las Farc terminaron definiendo, entre otras cosas, la justicia aplicable a sus grandes adversarios, los miembros de las Fuerzas Armadas y también la de aquellos que desde el poder civil los combatieron con decisión.

En el Nuevo Acuerdo Final se fijaron las reglas de la Jurisdicción Especial de Paz (JEP). Están ahí escritas desde hace un año, y en proceso de ser reglamentadas mediante ley del Congreso por el mecanismo de fast track. Sin embargo, parece que muchos apenas ahora vienen a darse cuenta de en qué consiste la JEP, qué puede implicar para sectores sociales ajenos a la actividad guerrillera o paramilitar, o la diferencia de penas que va a aplicar según sea el origen ideológico del procesado/condenado.

Desde el primer acuerdo, el rechazado el 2 de octubre de 2016 en el plebiscito, se sabía que los guerrilleros procesados por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra igual podrían participar en política y ser elegidos en cargos de elección popular. Eso lo ratificó el acuerdo aprobado por el Congreso (punto 36 del capítulo relativo a la Jurisdicción Especial de Paz: “la imposición de cualquier sanción no inhabilitará para la participación política ni limitará el ejercicio de ningún derecho, activo o pasivo, de participación política”. Este punto, tan polémico y rechazado por amplios sectores, preocupa al Consejo Gremial Nacional. De este, solo algunos gremios (como la SAC, Fenalco o Fedegán) manifestaron a tiempo sus reparos.

Pero es el documento que ante la Corte Constitucional presentó hace una semana la fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Fatou Bensouda, la que notifica los desconocimientos de la ley de amnistía y la misma estructuración de la JEP a las normas del derecho internacional y del Estatuto de Roma que rige a la CPI. Afirma la fiscal de esta corte internacional que hay motivos para temer que los propósitos de la legislación internacional de evitar la impunidad de los más graves crímenes que ofenden a la humanidad, puedan quedar sin concretarse en Colombia.

Es cierto que el Congreso aún tramita las normas de la JEP y falta el pronunciamiento de la Corte Constitucional. Lo que sí parece raro es que apenas ahora tantos se estén dando cuenta de lo que ya estaba ahí, y que cuando se advirtió y se analizó, fue despachado sumariamente como “manipulaciones de los enemigos de la paz” .

Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
MEMIN
26-10-2017, 19:50:01
monstruo político de la justicia corrupta q va a cobijarse a mucha piltrafa.... Q peligro esas leyes que van a generar más violencia