Indígenas no pueden ser procesados por practicar ritos culturales y ancestrales La Sección Tercera del Consejo de Estado declaró responsable a la Dirección Ejecutiva Nacional de Administración Judicial y a la Fiscalía General de la Nación por la captura y privación injusta de la libertad de un indígena Paez, procesado por recolectar hojas de coca. En la trascendental decisión, el alto tribunal consideró que el indígena realizó esta acción en el marco de una tradición cultural, puesto que su consumo y uso para diferentes actividades hacen parte de las costumbres de su comunidad. Ante esto se concluyó que después de analizar el caso, el indígena debe ser absuelto de todos los cargos acusados, puesto que no incurrió en ninguna actividad ilícita, al considerar que en este caso prima la diversidad cultural y de ritos. Igualmente el tribunal de lo contencioso administrativo ordenó medidas de reparación integral, entre ellas un acto público de desagravio y garantizar las condiciones de recuperación médicas y hospitalarias necesarias, debido a las condiciones indignas en las que fue recluido el procesado. En las conclusiones, el Consejo de Estado consideró que inculpar a los integrantes de comunidades indígenas por conductas lícitas en su cultura ancestral hace responsable al Estado, pues esa actuación desconoce la diversidad étnica y cultural de la Nación y constituye un incumplimiento de los compromisos internacionales que prohíben los tratos crueles y la discriminación racial. http://www.elespectador.com/noticias...s-culturales-y |
Respuesta: Indígenas no pueden ser procesados por practicar ritos culturales y ancestrales Difícil la situación. |
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