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Reclusiones militares: ¿disuasivas o permisivas?

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Reclusiones militares: ¿disuasivas o permisivas?



Las condiciones de reclusión del exdirector del DAS José Miguel Narváez y del coronel retirado Alfonso Plazas Vega, entre otros, calientan el debate sobre hasta dónde debe llegar el fuero castrense.



El trato privilegiado de exintegrantes del Ejecutivo vinculados a procesos o condenados ha sido motivo de debate en los últimos días. Las denuncias por el ingreso de prostitutas y licor a la base militar de Tolemaida, en donde está recluido el mayor retirado Juan Carlos Rodríguez, alias ‘Zeus’, señalado jefe de seguridad del extraditado capo alias ‘Don Diego’, y la fuga del mayor Alfonso Maldonado, condenado por varios delitos, entre ellos homicidio, fueron los detonantes.

Aunque rápidamente las autoridades reaccionaron y recapturaron al mayor Maldonado, el hecho puso en entredicho las condiciones en las que se encontraban los militares condenados. El ministro del interior, Germán Vargas Lleras, mostró la intención de revisar los casos de integrantes de la fuerza pública por delitos comunes.

Militares retirados sentaron su voz de protesta y a través de cartas, columnas y entrevistas en varios medios de comunicación dejaron ver su descontento, pues ven con preocupación que militares condenados sean tratados de la misma manera que los delincuentes comunes.

La Constitución “prevé el fuero militar, lo cual implica que todos los delitos cometidos por militares en servicio activo deben ser juzgados por tribunales castrenses, y, por extensión, que la Justicia Penal Militar debe ser un ente sólido con funciones precisas y alcances totales sobre la conducta atípica de los militares de cualquier graduación”, escribió el coronel Luis Alberto Villamarín en un artículo titulado: “Oportunismo politiquero en torno a los centros de reclusión militares”.






No obstante, el magistrado del Tribunal Superior Militar, coronel Camilo Andrés Suárez, aduce que hay excepciones, incluso, cuando los militares cometen un delito en servicio activo, “pero hay una gravedad como de lesa humanidad, genocidio, desaparición forzada, contra el derecho internacional humanitario o cuando esta persona tiene desde el inicio un propósito criminal, la competencia es de la justicia ordinaria. Allí es el juez de ejecución de penas quien decide el lugar de reclusión”, explicó en una entrevista con Colprensa.

El tema de las condiciones de la reclusión de algunas personas no ha dejado de causar controversia. Al comienzo de la semana, el representante a la Cámara Iván Cepeda Castro, del Polo Democrático, envió un derecho de petición al ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras, para pedirle que el exsubdirector del DAS José Miguel Narváez Martínez sea trasladado a una cárcel común, “y en lo posible a un pabellón de máxima seguridad”.

Narváez está en la Academia Superior Aquimindia, centro de instrucción del DAS, según revelaciones de prensa. El representante del Polo señaló que esa institución “estuvo bajo su responsabilidad”.

Narváez, exsubdirector del DAS, está acusado de los delitos de concierto para delinquir agravado, violación ilícita de comunicaciones y utilización ilícita de equipos transmisores y receptores. Según recientes declaraciones de Diego Murillo Bejarano, alias ‘Don Berna’, extraditado a Estados Unidos, “él pertenecía a las Autodefensas Unidas de Colombia”.

El exfuncionario del DAS también es investigado por los homicidios del senador Manuel Cepeda Vargas y del periodista Jaime Garzón, así como por el secuestro de la exsenadora Piedad Córdoba.

Por estas razones, el representante Cepeda señaló que Narváez no debería gozar de privilegios. Además señaló que hay otras personas que están colaborando con la justicia como es el caso de la señora Martha Leal, ex subdirectora de Operaciones de Inteligencia y exdirectora general encargada de Inteligencia del DAS, “que se encuentran recluidas en cárceles comunes, mientras que Narváez no está colaborando”.


En criterio de Cepeda, los delitos por los cuales es procesado Narváez podrían ser considerados de “lesa humanidad”, por lo que no merecen ningún tipo de tratamiento especial.

El caso de Plazas Vega

Uno de los casos emblemáticos de exfuncionarios con privilegios en las cárceles ha sido el del coronel retirado Alfonso Plazas Vega, condenado a 30 años de prisión por su responsabilidad en las desapariciones del Palacio de Justicia.

Plazas Vega, a pesar de haber sido condenado por un delito de lesa humanidad, está prisionero en la Escuela de Infantería. Los familiares de las víctimas han reclamado una detención en una cárcel común, pues la juez que lo condenó ordenó su traslado a La Picota.

El coronel está a la espera de una decisión sobre la apelación del caso ante el Tribunal Superior de Bogotá. Mientras tanto da clases a los militares en formación en algunos centros de instrucción castrense y lo han visto salir regularmente del penal, según lo han señalado los abogados de las víctimas.

Por esta razón, los familiares de los desaparecidos del Palacio de Justicia planean la instauración de una tutela en la que reclaman su derecho a la justicia.

En la exposición de sus argumentos, la tutela invoca principios contenidos en el derecho internacional como el artículo 9 de la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, que dice: “los presuntos responsables de los hechos constitutivos del delito de desaparición forzada de personas sólo podrán ser juzgados por las jurisdicciones de derecho común competentes en cada Estado, con exclusión de toda jurisdicción especial, en particular la militar”.

En criterio de los abogados de las víctimas, no hay explicación para que Plazas Vega dé clases de instrucción militar, salga de la Escuela de Infantería y esté en un lugar privilegiado de reclusión.

El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) ha explicado que la reclusión de Plazas Vega en la Escuela de Infantería es “en razón del fuero legal y por razones de seguridad”.

La seguridad es uno de los argumentos más fuertes y más esgrimidos por los militares que reclaman el fuero para los uniformados. Por ejemplo, el coronel Villamarín recordó que en una ocasión se intentó sacar a Plazas Vega del Hospital Militar para llevarlo a una cárcel común “sin evaluar que tras esa intención mediática de autoeficiencia jurídica, el narcotráfico, la guerrilla y la delincuencia común lo podrían asesinar”.

Otros casos

Pero la laxitud de los centros de reclusión no es exclusiva de los militares. El país también ha vivido escándalos por las condiciones en las que purgan sus penas parapolíticos, narcotraficantes o paramilitares.

Este fin de semana, Noticias Uno reveló un video de cómo se fugó Carlos Palencia, alias 'Visaje', quien suma condenas por 120 años. Palencia salió de la cárcel de Montería sin ningún control, sin escoltas y en una clara violación de los protocolos de transporte de los reclusos. Vea el video
aquí.

Hace un año, se conoció que el exsenador Juan Carlos Martínez, quien es investigado por su presunta relación con paramilitares, estaba “adecuando” su celda. El excongresista, que además ha seguido en la actividad política desde la cárcel, había tumbado un muro para que su celda quedara más amplia. El INPEC lo descubrió y ordenó la suspensión de la obra y la respectiva investigación.

En otros casos, como el del exsenador Luis Eduardo Vives, quien fue condenado a siete años de cárcel, las condiciones de reclusión dependen directamente de la autoridad judicial. En el caso de Vives, en un principio, el juez le dio casa por cárcel, en una polémica interpretación, con el argumento de que él era cabeza de familia. Sin embargo, la Corte Suprema revocó la medida seis meses después de proferida la sentencia inicial.

El debate sobre las condiciones de los reclusos no es un tema menor. No sólo el tipo de pena, sino las condiciones en las que se cumplen son aspectos que deben ser tenidos en cuenta para la efectiva administración de justicia. Pues, como dijo la ONU en días pasados, “la aplicación irregular de beneficios penitenciarios en establecimientos o bases militares o la ausencia de una real privación de la libertad es una forma de impunidad”.



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Sanabria, este es el comentario más guerrillero que te he escuchado

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fuero castrense, ministro del interior, plazas vega, reclusiones militares




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