Un trabajador no se puede afiliar a más de un fondo de cesantías Un trabajador no se puede afiliar a más de un fondo de cesantías ni siquiera en aquellos casos en que tiene dos o más contratos de trabajo. Esta limitación está establecida por el artículo 164 de la ley 663 de 1993 en segundo inciso: “En ningún caso el trabajador podrá afiliarse a más de un fondo de cesantía, por cada contrato de trabajo y con un mismo empleador.” En consecuencia, ante la existencia de varios contratos de trabajo la afiliación del trabajador se debe hacer al mismo fondo por cada empleador. |
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