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Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
DJuank
19-05-2015, 10:41:00
Frente a eventuales acuerdos con las Farc, en materia de justicia, Colombia está obligada a cumplir con las obligaciones que adquirió cuando firmó el Estatuto de Roma, y la Fiscalía de la CPI cumplirá con los mandatos que le confirieron los Estados partes.

http://www.portafolio.co/sites/portafolio.co/files/imagecache/horizontal_articulo/VICEFISCALDXLN.jpg
El fiscal adjunto de la CPI, James Stewart, fue enfático al decir que “suspender la ejecución de la pena para las personas responsables por crímenes de guerra y de lesa humanidad implicaría sustraer a las personas de que se tratase de su responsabilidad".


La visita a Colombia del señor James Stewart, fiscal adjunto de la Corte Penal Internacional (CPI), tendrá trascendencia.

Es una gran contribución que la Fiscalía haya hecho pedagogía, en el ambiente académico de la Universidad del Rosario y de cara a la opinión nacional, sobre qué es lo que debe hacer en el marco de sus obligaciones con ocasión del Estatuto de Roma, en relación con la situación en nuestro país. Y que hubiera limitado sus observaciones a ese aspecto, no sin antes señalar que la manera como un acuerdo de paz afecte los procesos que se adelanten internamente, “tendrá un impacto sobre el examen de la Fiscalía acerca de la admisibilidad de los casos procedentes de la situación en Colombia ante la CPI”.

Son muchos los aspectos de la presentación del señor Stewart que merecen ser tratados, pero, por razones de espacio, es más útil concentrarse solamente en algunos de ellos.

Empecemos por recordar que los Estados “crearon la CPI como una institución judicial, no como una institución para el establecimiento de la paz”. Quienes firmaron el Estatuto de Roma, siendo Colombia uno de los 123 que lo hizo, están obligados a promover sus objetivos y a cumplir con la responsabilidad de investigar y juzgar a los responsables de los delitos de lesa humanidad, genocidio y crímenes de guerra.

Y que la CPI –en cumplimiento de sus deberes– continuará determinando si las “autoridades nacionales han instituido actuaciones genuinas contra aquellos individuos más responsables por los crímenes más graves”. Debe tenerse en cuenta que seguirá haciéndolo, toda vez que desde el 2004 inició un examen preliminar de la situación en nuestro país.

A la luz del marco que se consagró en el Estatuto de Roma, “la justicia debe formar parte integral de los esfuerzos por establecer una paz, estabilidad y seguridad sostenibles”.

Adicionalmente, dicho marco, que otorga “flexibilidad a los Estados que buscan impartir justicia en situaciones de posconflicto, no puede suspenderse o ignorarse por razones de oportunidad”.

Ahora bien, ¿la suspensión de la ejecución de las penas, su reducción y las sentencias alternativas son compatibles con el mencionado Estatuto? Y ¿cómo abordaría la CPI lo relacionado con ‘los más responsables’, las amnistías y la noción de ‘interés de la justicia’? Todos esos interrogantes los absolvió el fiscal Stewart.

Con respecto a lo primero, fue enfático al decir que “suspender la ejecución de la pena para las personas más responsables por crímenes de guerra y de lesa humanidad implicaría sustraer a las personas de que se tratase de su responsabilidad penal”.

Sobre la reducción de las penas, manifestó que su compatibilidad con el Estatuto dependerá de las circunstancias particulares del caso, e hizo mención de condiciones que se le podrían exigir al condenado, que permitirían justificarla.

En lo relacionado con las sentencias alternativas, admitió que existe una “amplia gama de penas privativas de la libertad, así como sanciones no privativas de la libertad”. Así mismo, precisó que en cada situación concreta se considerarán varios factores, con el fin de determinar si las sanciones son compatibles con el interés real de “hacer comparecer a las personas condenadas ante la justicia”.

Es decir, se evaluará si una condena fue manifiestamente inadecuada, para lo cual la Fiscalía tendrá en cuenta, entre otros aspectos, las penas habituales a nivel nacional por crímenes del Estatuto de Roma, el tipo y grado de restricciones a la libertad, y la proporcionalidad de la pena en relación con la gravedad del crimen y el grado de responsabilidad del autor.

Refiriéndose al asunto de los “más responsables”, informó que, por distintas razones, la Fiscalía ha adoptado la política de investigar y juzgar a los más responsables por los crímenes más graves. Esa política no obliga a las autoridades de los distintos Estados, pero, en la práctica, es la que se aplica para evaluar los casos específicos y determinar su admisibilidad.

En cuanto a las amnistías por delitos políticos, no emitió opinión, pues no están dentro de la competencia de la CPI.

Finalmente, acerca del ‘interés de la justicia’, que permite a la Fiscalía no abrir una investigación en casos excepcionales, a pesar de la existencia de fundamentos para hacerlo, aclaró que consideraciones relativas “a la paz y la seguridad habitualmente están excluidas” de los alcances de esa fórmula.

En resumen, frente a eventuales acuerdos con las Farc, en materia de justicia, Colombia tiene que cumplir con las obligaciones que adquirió cuando firmó el Estatuto de Roma, y la Fiscalía de la CPI cumplirá con los mandatos que le confirieron los Estados partes.

Fuente (http://www.portafolio.co/opinion/acuerdo-las-farc-y-corte-penal-internacional)

Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
+Wilfred
19-05-2015, 22:42:07
Timochenko, Márquez y demás cabecillas deben ir a la cárcel. De no hacerlo, nos exponemos a sanciones de la CPI que deberemos pagar de nuestros bolsillos.

PEDROELGRANDE
19-05-2015, 22:51:51
Timochenko, Márquez y demás cabecillas deben ir a la cárcel. De no hacerlo, nos exponemos a sanciones de la CPI que deberemos pagar de nuestros bolsillos.

Ah sí que paguen todos los que cometieron actos de terrorismo y crímenes de lesa humanidad. Crímenes contra la humanidad. Uhmmm pero que echen a todos en el mismo costalito porque "la ciega" no reconoce distinciones en el castigo a los violadores de los DDHH. ahí van paracos y guerrillos. Narcoguerrillos y parapolíticos: terroristas de estado.

Si de acuerdos y consensos se tratase, de materia política, antes que jurídica , en el marco de la terminación del conflicto armado, se debería seguir la pedagogía de los distintos procesos de paz exitosos en el mundo, como en Sudáfrica e Irlanda.

+Wilfred
19-05-2015, 22:56:04
Ah sí que paguen todos los que cometieron actos de terrorismo y crímenes de lesa humanidad. Crímenes contra la humanidad. Uhmmm pero que echen a todos en el mismo costalito porque "la ciega" no reconoce distinciones en el castigo a los violadores de los DDHH.

Si de acuerdos y consensos se taratase, de mateia política, antes que jurídica , en el marco de la terminación del conflicto armado, se debería seguir la pedagogía de los distintos procesos de paz exitosos en el mundo, como en Sudáfrica e Irlanda.

Obvio castigar a todos los autores de crímenes de guerra no es viable y tardaría décadas llevar a conclusión un proceso de tal magnitud. Por eso propongo que al menos los cabecillas, que son los autores intelectuales de estos crímenes, por acción o por omisión, sean quienes paguen penalmente por los innumerables crímenes.

Ya otros temas como los de la reconciliación, el perdón y la memoria colectiva conciernen a otra etapa. Pero como reitero antes, la justicia debe primar.

PEDROELGRANDE
19-05-2015, 23:04:21
Obvio castigar a todos los autores de crímenes de guerra no es viable y tardaría décadas llevar a conclusión un proceso de tal magnitud. Por eso propongo que al menos los cabecillas, que son los autores intelectuales de estos crímenes, por acción o por omisión, sean quienes paguen penalmente por los innumerables crímenes.

Ya otros temas como los de la reconciliación, el perdón y la memoria colectiva conciernen a otra etapa. Pero como reitero antes, la justicia debe primar.

Eso estaría bien...porque la razón es la razón...y no más. Pero si así fuese la ciega llamaría a siniestros personajillos como Álvaro Uribe Vélez...y con la boca abierta quedarían muchos al ver cómo la lista se va llenando con esos sí innombrables personajes de la alta alcurnia política y económica de este país.

Heráclito
20-05-2015, 07:29:15
Timochenko, Márquez y demás cabecillas deben ir a la cárcel. De no hacerlo, nos exponemos a sanciones de la CPI que deberemos pagar de nuestros bolsillos.

Hay que recalcar que la jurisdicción de la CPI es residual, es decir, sólo actúa en el evento de que la justicia del país miembro no pueda o no quiera actuar en determinado asunto. En otras palabras, cuando se trata de un Estado fallido o autoritario en el que la justicia ha perdido su independencia o su fortaleza. En el caso de Colombia no se presenta ninguna de estas dos situaciones.

De otro lado, en el texto materia de este post no se informa de manera objetiva sobre todos los aspectos tratados. Para evitar suspicacias, lo mejor es escuchar las palabras textuales del fiscal adjunto de la CPI respecto al proceso de paz y la justicia transicional:

“Las sanciones penales efectivas pueden adoptar distintas formas. Sin embargo, deben satisfacer objetivos adecuados vinculados a la pena, como la condena pública de la conducta criminal, el reconocimiento del sufrimiento de las víctimas y la disuasión de conductas criminales ulteriores”. Y agregó que estas penas serían aceptadas si el condenado acepta la responsabilidad penal, cumple con el desarme y desmovilización, brinda garantías de no repetición, contribuye a la construcción de la verdad y se tenga una posible prohibición a participar en asuntos públicos de manera provisional.

Fuente: El Espectador

Debe aclararse también qué temas constituyen su preocupación principal, según sus propias palabras:

“El informe de 2012 aclaró que nuestro foco principal incluía los crímenes de carácter sexual, los traslados forzosos de población civil y los asesinatos escenificados para parecer muertes en combate, comúnmente llamados falsos positivos, así como las acciones relativas al apoyo a los grupos paramilitares”.

Fuente: El Espectador

En el pasado, a los grupos guerrilleros M-19, EPL y Quintín Lame se les otorgaron amnistías para llevar a feliz término los procesos de paz respectivos. Hoy no se puede por expreso mandato de la ley por lo que se recurre a la justicia transicional, esto es, a penas alternativas que no solo cobijan las privativas de la libertad, buscando, como dice el fiscal adjunto, que se acepte la responsabilidad, haya dejación de armas, garantías de no volver a tomarlas, se le cuente la verdad a las víctimas y se restringa provisionalmente o se prohíba definitivamente su acceso a cargos públicos, aparte de sólo iniciar procesos en los casos emblemáticos y cobijar por igual a los militares responsables de graves delitos.

Un tema que hay que coger con pinzas en un país polarizado con muchos intereses políticos de por medio.

Al margen: La CPI sólo puede juzgar crímenes cometidos a partir de julio de 1998.