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Kaffeetrinker 2 Fallo pone a Mineducación a controlar uso de laboratorios en colegios Calificación: de 5,00

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Por un accidente con un alumno, Consejo de Estado obligó a expedir un manual de seguridad.

Las graves lesiones que sufrió un alumno del colegio San Simón de Ibagué mientras realizaba un experimento hizo que el Consejo de Estado le diera tres meses de plazo al Ministerio de Educación para que expida un manual de seguridad y reglamente el uso de los laboratorios de física y química en los colegios.
La orden está contenida en un fallo de reparación que condena a la Nación a indemnizar al estudiante, quien presenta graves quemaduras en los brazos, el rostro y el pecho mientras manipulaba sustancias explosivas en el aula de clase. La víctima fabricaba artefactos pirotécnicos para ser utilizados en la celebración del aniversario 175 de la institución educativa.
En la decisión, la Sección Tercera del alto tribunal consideró que las directivas del colegio violaron normas referentes a la fabricación y distribución de productos pirotécnicos, y las disposiciones que prohíben el uso y la venta a menores de edad.
"Sin duda, la falla del servicio se concretó en haber permitido, como se acredita con los testimonios, el uso, manipulación y disposición de material, sustancias y elementos explosivos al menor en el laboratorio de física y con ocasión de los preparativos de unas festividades sin contar con la autorización de las autoridades respectivas y sin respetar las mínimas medidas de seguridad", indica el fallo.
En el manual, el Ministerio de Educación debe incluir un capítulo con fuertes sanciones disciplinarias a quienes incumplan el uso de elementos de protección adecuados como caretas, batas y calzado en las áreas de experimentación que funcionen en los colegios. El tribunal ordena también a esta Cartera que coordine con las secretarias departamentales la revisión de las condiciones sanitarias y técnicas de estas áreas en las instituciones educativas del país.
Junto con el manual, el Ministerio debe implementar campañas preventivas a los alumnos de las instituciones educativas sobre la utilización en sus actividades académicas de pólvora y otras sustancias pirotécnicas y explosivas.
El hecho ocurrió el 30 de octubre de 1997. El rector del San Simón autorizó la fabricación de los artefactos y comisionó al profesor del área de ciencias para que coordinara la actividad.
El accidente se produjo debido a que, por imprudencia, la pólvora que el alumno manipulaba se incendió y le ocasionó graves quemaduras en el rostro, los brazos y en el pecho.
El en el fallo, con ponencia del magistrado Jaime Orlando Santofimio, se ordenó al colegio indemnizar al estudiante quemado con más de 30 millones de pesos, asumir todos los gastos de médicos, así como de los medicamentos.
Finalmente, compulsó copias a la Procuraduría y a la Fiscalía para que estas entidades evalúen si hay responsabilidad disciplinaria y penal de los profesores y directivas de esa institución.
El Ministerio tendrá que organizar un acto público en el que ofrezca disculpas al estudiante, publicar el fallo en una circular para que circule en todas las instituciones a cargo de la Nación.

REDACCIÓN JUSTICIA

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