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Antiguo 06-09-2012 , 18:07:09   #3
PEDROELGRANDE
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Predeterminado Respuesta: Entrega de 180.000 firmas por Nuestro Candidato Presidente Hugo Chávez Frías.

NUEVO BORRADOR DEL PROYECTO DE LEY

ANTEPROYECTO DE LEY
Anteproyecto de ley para la inclusión social activa de las comunidades migrantes en la República Bolivariana de Venezuela


NOS LLEGO ESTE APORTE DEL ABOGADO: FABIO MORALES






EXPOSICION DE MOTIVOS
El Poder Popular en nuestra condición de pueblo legislador y de
conformidad con el artículos 187 Numeral 4 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela donde se establece la participación
Ciudadana en los asuntos de su competencia, de igual forma el Articulo 204
Numeral 7 ejusdem,que promueve la iniciativa legislativa popular, en el
transcurso de los últimos dos años hemos realizados en diferentes espacios y
escenarios del territorio nacional múltiples reuniones y debates públicos
donde participan activamente la numerosa franja poblacional que
conforman la comunidad migrante en nuestro país ,y en sus expresiones
organizadas hemos decidido presentar este ANTEPROYECTO DE LEY
PARA LA INCLUSION ACTIVA DE LAS COMUNIDADES
MIGRANTES EN LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
ante la honorable Asamblea Nacional ,con la finalidad y el propósito de
desarrollar en las comisiones respectivas los debates necesarios que permitan
articular y consolidar un marco jurídico acorde con el momento histórico por
el que atraviesa la República Bolivariana de Venezuela ,la región y el mundo
.
Los fundamentos legales que sustentan nuestra propuesta se encuentran
contenidos en los tratados internacionales, leyes orgánicas relacionadas con
la migración, la constitución de la República Bolivariana de Venezuela en
sus principios fundamentales y el titulo III de los derechos humanos y
garantías, y de los deberes, y de manera transversal el Proyecto Nacional
Simón Bolívar ,primer Plan socialista de la Nación.
En consecuencia como parte del poder popular creemos necesario presentar
una propuesta legislativa general que desarrolle el potencial ,espiritual y
material de las mujeres y hombres de cualquier edad que por múltiples
razones eligieron vivir en la República Bolivariana de Venezuela.
El poder popular ,bajo los principios constitucionales de Solidaridad, de
dignidad, de libertad, de autodeterminación, de transparencia, de
corresponsabilidad, de interés colectivo, de diversidad social, cultural y de
genero, de sustentabilidad, de cooperación, de respeto a la diversidad y
defensa de la integridad territorial, todo ello dirigido a la construcción de
una sociedad inclusiva ,participativa y protagonica,de solidaridad con los
pueblos hermanos como lo establece la constitución de la República y las
líneas estratégicas contenidas en el proyecto nacional Simón Bolívar de la
construcción de la Patria Grande.
El pueblo Migrante como sujeto activo ,protagonista de los procesos de
cambios sociales y políticos que vive la sociedad venezolana nos declaramos
hijos de la patria grande ,luchamos a diario por dejar de ser marginales como
históricamente hemos sido, y como parte del poder popular consideramos
que es necesario dar un marco legal a un proyecto de inclusión social activa
del migrante que permita elevar los niveles de conciencia social del mismo .
El debate nacional de esta iniciativa de ley de INCLUSION SOCIAL
ACTIVA DEL MIGRANTE ,para el poder popular esta sustentada en las
distintas expresiones organizadas donde la incidencia de la población
migrante es notoria y de percepción directa, se deriva además de un estudio
serio del momento histórico ,de la geopolítica regional y mundial ,del papel
que estos sectores poblacionales juegan o han jugado en los procesos
sociales y políticos ,los cuales se derivan también de un conjunto de metas y
aspiraciones a conquistar con el reconocimiento del sujeto social en su
plenitud.
La inclusión social y el reconocimiento del sujeto humano en su plenitud es
parte esencial de los procesos de cambios Revolucionarios ,en cuanto de este
reconocimiento dependerá en un gran porcentaje el desarrollo evolutivo de
la conciencia social y la comprensión subjetiva de los cambios estructurales
que produce la sociedad de acogida, el pueblo migrante organizado ha
manifestado su capacidad libertadora cuando la circunstancia lo han llevado
a defender la patria de Bolivar,por eso tiene la misión de trascender
estratégicamente en la conformación de la patria grande ,
Por todo lo antes señalado y en el marco de la practica revolucionaria y en
las cualidades de pueblo legislador elaboramos esta iniciativa de ley DE
INCLUSION SOCIAL ACTIVA DE LAS COMUNIDADES
MIGRANTES EN LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE
VENEZUELA, el poder popular consignado ante la Asamblea Nacional de
la república Bolivariana de Venezuela atendiendo a las necesidad y justa
demanda del pueblo proponente del mismo y correspondiendo al apoyo
popular expresados en las firmas que respaldan esta iniciativa legislativa.
TITULO I
Disposiciones Fundamentales
Objeto.
Articulo 1. La presente ley tiene por objeto :Establecer un marco legal
general que introduzcan nuevos elementos culturales y sociales que permitan
abordar de forma integral y sistemática el fenómeno migratorio en la
República Bolivariana de Venezuela, incorporando para ello los espacios
organizados del poder popular acorde con los principios de
solidaridad,dignidad,libertad,autodeterminación,corresponsab ilidad,interés
colectivo, diversidad social y cultural,sustentabilidad,cooperación,respeto a
la diversidad, defensa de la integridad territorial, dirigido todo a la
construcción de una sociedad mucho mas democrática, donde los sectores
poblacionales migrantes con presencia activa en nuestro territorio sean
protagonistas de primer orden de la construcción de la Patria Grande.
Ámbito de Aplicación
Articulo 2.Estan sujetos a la aplicación de esta ley ,como protagonistas
activos de los cambios que experimenta la sociedad de acogida los hombres
y mujeres de cualquier edad, que por diferentes razones migraron a la
República Bolivariana de Venezuela .
Principios y Valores Rectores
Articulo 3.Las Comunidades Migrantes organizadas ,deben ser sujetos
activos en la construcción cotidiana del o la Ciudadano o Ciudadana de la
Patria Grande inspirada en los idearios de nuestro Libertador, sus
expresiones organizadas tendrán como principios y valores fundamentales
:el interés Colectivo, el deber social, la defensa de la Patria que los acogió en
su soberanía nacional y su integridad territorial, el respeto y participación en
los procesos de cambios que proponen la dignificación del ser humano, el
respeto a los valores de la democracia protagónica ,la corresponsabilidad, la
solidaridad, la rendición de cuenta, la honestidad, la legalidad, la difusión y
promoción de los valores culturales que nos engrandecen como pueblos de
una misma nación.
Finalidades.
Articulo 4. Son objetivos principales de esta ley:
1.Crear un sistema único normativo acorde con los tiempos de cambios que
experimenta la República Bolivariana de Venezuela, la región y el mundo.
2.Crear un programa nacional de educación para la integración social activa
de los migrantes nuestro americanos basados sobre los elementos culturales
comunes a nuestros pueblos.
Definiciones.
Articulo 5.A los efectos de la presente ley se establecen las siguientes
definiciones:
1.Migrante es……..
TITULO.II
Formación y capacitación.
Articulo 6.Cada espacio organizado de la comunidades de migrante o
cuando ellas hagan presencia en los espacios del poder popular tienen que
conformar consejo de estudios para la integración de la patria grande basado
sobre un programa de historia que rescata los elementos comunes de nuestra
identidad como pueblos hermanos que además este sea definido por el
ministerio del poder popular para la educación.
Organización y Participación.
Articulo 7.Se crea en los consejos comunales y en cada movimiento social
una instancia de organización básica para la participación protagónica de los
migrantes en la construcción de la Patria Grande.
TITULO III
Disposiciones Finales ,transitoria y derogatorias.
Disposiciones Finales Únicas.
Articulo 8.La presente ley entrara en vigencia apartir de su publicación en
gaceta oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
TRANSITORIA.
Articulo 9.Hasta tanto se apruebe el reglamento de la presente ley ,el
funcionamiento de la migración seguirá regulándose bajo las leyes y
reglamentos aplicables en el momento.
DISPOSICIONES DEROGATORIA
Articulo 10.La entrada en vigencia de esta ley deja sin efecto la
normatividad que regula especialmente la existencia ,funcionamiento y
organización de lo relacionado con los procedimientos aplicados en temas
migratorios.
Dada, firmada y sellada en el Palacio Federal Legislativo, sede de la
Asamblea Nacional ,en Caracas ,a los _____días del mes_______de
2012,ans Bicentenario de la independencia ,15__ de la Federación y 13 de la
Revolución Bolivariana.

FABIO MORALES

__________________
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