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Predeterminado En firme desembargo de acciones contra Fernando Londoño por caso Invercolsa Calificación: de 5,00

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En firme desembargo de acciones contra Fernando Londoño por caso Invercolsa
Por: Elespectador.com

La decisión fue tomada por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, ratificando el fallo del Tribunal Superior de Bogotá

La Corte Suprema de Justicia dejó en firme la orden de desembargo de más de 145 millones de acciones (equivalentes a 3.100 millones de pesos) de la firma Invercolsa que se encuentran a nombre del abogado y exministro del Interior Fernando Londoño Hoyos.

La decisión, tomada por la Sala Civil de la Corte Suprema rechazó la solicitud presentada por la defensa de Londoño para suspender la decisión tomada por el Tribunal Superior de Bogotá, al considerar que el alto tribunal ya había determinado la improcedencia del requerimiento.

El pasado 11 de enero la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá ordenó al ex ministro del Interior Fernando Londoño Hoyos devolver un paquete de 145 millones de acciones de la firma Invercolsa.

En segunda instancia, la Corporación confirmó la determinación del Juzgado 28 Civil del Circuito de Bogotá, que había encontrado que la adquisición de las acciones había sido precedida de la presentación de un certificado laboral que contenía información falsa por parte de la Presidencia de Invercolsa

Enrique Vargas Ramírez, cabeza de la compañía entonces, era investigado como el gestor de la emisión de este tipo de documentación, pero el proceso precluyó el 14 de abril de 2008.

En ese entonces el Consejo de Estado había requerido a la Fiscalía General de la Nación a través de una compulsa de copias para que iniciara la actuación en contra de Vargas.

El mismo Tribunal Superior había confirmado la inexistencia de la relación contractual entre Londoño Hoyos e Invercolsa, en sentencia emitida el 28 de julio de 2002, que reiteró la postura esbozada por el Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Bogotá el 27 de octubre de 2000.

“ (…) Él obró como representante de la sociedad ‘Fernando Londoño Abogados Asociados Ltda’ ante la sociedad ‘Invercolsa, que existió un contrato de mandato con representación de naturaleza comercial entre las sociedades ‘Fernando Londoño Abogados Asociados Ltda’ e ‘Invercolsa, S.A., y por último que la Sociedad ‘Fernando Londoño Abogados Asociados Ltda’ (…) en desarrollo y para la ejecución del mismo contrato comercial, lo delegó para actuar como Presidente de Invercolsa S.A. lo que necesariamente excluye la existencia del contrato de trabajo aseverado en la demanda para el año 1991.”, sostuvo el Tribunal en su momento.


Fuente El Espectador

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