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Antiguo 11-03-2012 , 19:50:34   #4
Paxtonjohn
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Paxtonjohn el Usuariox esta entre el bien y el mal
  
Predeterminado Respuesta: Caducan las deudas por administración?

La acción ejecutiva (rápida) para cobrar judicialmente las cuotas caduca a los 5 años desde que se causó.
Si estas no se exigen judicialmente dentro de los cinco años de mora, después su cobro no será válido (por esa vía). Pero podrán cobrarle por la vía de un proceso ordinario (el camino largo, de hasta 5 años de duración)

Hay que tener en cuenta que la prescripción se refiere únicamente a cada cuota que vaya cumpliendo cinco años de mora, lo que obliga al administrador a ser diligente desde el momento en que asume el cargo.
Administradores diligentes para cobrar obligaciones.

Ahora bien, la iniciación de la demanda interrumpemelmtermino de la prescripción. De manera que estarán prescritas solamente aquellas cuotas que hubieran cumplido 5 años antes de haberse notificado la demanda. Las demás son exigibles.

Paxtonjohn no está en línea   Responder Citando
 
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