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Predeterminado Corte IDH juzgará a Colombia por masacre Santo Domingo Calificación: de 5,00

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Corte IDH juzgará a Colombia por masacre Santo Domingo





Septiembre 22 de 2011 | 06:09 AM. | Noticias


En comunicación emitida el 19 de septiembre de 2011 la Corte Interamericana de Derechos Humanos informó sobre la decisión.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos informó que el Estado colombiano será juzgado por la Masacre de Santo Domingo, ocurrida en zona rural de Tame, Arauca el 13 de diciembre de 1998 cuando la Fuerza Aérea Colombiana bombardeó el caserío con un dispositivo cluster causándole la muerte de 17 personas, entre ellos cuatro niños y dos niñas, y heridas a 27 personas, entre ellos cuatro niños y cinco niñas. (nuestros héroes de la patria).


La Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó ante la Corte IDH el caso de la masacre de Santo Domingo el pasado mes de julio, y tras el anuncio de aceptación de la Corte IDH, las organizaciones representantes de las víctimas del caso, entre las que se encuentra Humanidad Vigente en representación de las niñas y niños afectados, tienen un plazo de 2 meses para enviar a la Corte IDH el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, para que posteriormente tras el estudio y análisis se dé inicio al Juicio contra el Estado Colombiano.

Masacre de Santo Domingo: Estado a responder por violación de DD.HH.

Según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) los hechos ocurridos en el bombardeo en Santo Domingo, permanecen en la impunidad (ya van 13 años) pues el Estado no llevó a cabo investigaciones serias y efectivas para identificar a los responsables intelectuales y demás autores materiales y, en su caso, imponer las sanciones que correspondieran. Por lo tanto, el caso se envió a la Corte IDH el 8 de julio de 2011 porque la Comisión consideró que además, el Estado no cumplió con las recomendaciones que se le formularon.

Respecto a la masacre de Santo Domingo, la CIDH consideró que el Estado colombiano vulneró los derechos a la vida, la integridad física, la libertad personal, y la protección judicial, consagrados en los artículos 4, 5, 7, 8, y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Así mismo, la CIDH consideró que el Estado promovió la impunidad con sus actuaciones posteriores a la masacre, entre ellas permitir que la investigación estuviera a cargo de la Justicia Penal Militar por un largo periodo; la mora en tomar decisiones de fondo frente a la responsabilidad de los involucrados, ya que sólo se decretó condena contra militares implicados 13 años después de los hechos; la falta de vinculación de los altos mandos dentro de la investigación penal, pues es fundamental que se identifique y juzgue a los actores intelectuales de la misma manera que se hizo con los actores materiales.

De igual forma, se identificó como como un agravante de vulneración por parte del Estado el uso mentiroso de la información que redundó en la revictimización de la población de Santo Domingo, que actualmente pervive con el estigma de ser una pueblo guerrillero, debido a toda la manipulación y alteración de pruebas, información y testimonios en las que incurrió la Fuerza Aérea Colombiana al intentar defenderse. (Ahí están pintados estos HP)

La CIDH también pidió investigar los vínculos entre agentes del Estado y la empresa extractiva que desarrolla actividades en la zona donde ocurrieron los hechos y tomar las medidas adecuadas para evitar que hechos como los descritos en el informe de fondo vuelvan a ocurrir, pues el helicóptero UH-1H de matrícula FAC-4407 de la Fuerza Aérea Colombiana, FAC, que arrojó un explosivo cluster, contó con el apoyo de un avión perteneciente a la empresa estadounidense OXY.


PACOCOL.

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En pagar estas condenas se vá la platica que venía envuelta en la certificación en DDHH expedida por los gringos, porque, sí se cree a quienes denunciamos en el exterior las violaciones a los derechos humanos perpetradas o permitidas por el estado colombiano.


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