Así quedó establecido en la Ley de Víctimas que avanza en su aprobación en la comisión primera del Senado.
Este martes surgió una nueva idea alrededor de la reparación que se dará a las víctimas del conflicto del país.
En la comisión primera del Senado quedó establecido que se dará una reparación a los familiares de los guerrilleros cuando éstos sean víctimas directas del conflicto.
“En la medida en que sufra él (familiar de un guerrillero o paramilitar) directamente un menos cabo a sus derechos humanos o una violación a las normas del Derecho Internacional Humanitario, como cualquier ciudadano, tendría derecho a reclamar bajo los parámetros de la ley”, explicó el ponente del proyecto, el senador Juan Fernando Cristo.
Sin embargo, la ley es explicita en señalar que no reconocerá a ningún hermano, a ningún conyugue, a ningún hijo, de un miembro de un grupos armado al margen de la ley.
De otro lado, fue aprobado el artículo que reconoce como víctima a todos aquellos a quienes les sean violados sus derechos humanos.
La iniciativa contempla que será considerada víctima toda persona que sea objeto de graves violaciones al Derecho Internacional Humanitario, sin discriminación del victimario.
Además, quedó concertado que se le reconocerán acciones de reparación simbólica, a aquellas víctimas que son anteriores al 1 de enero de 1985, fecha a partir de la cual sí se dará la reparación económica.