Denunciante Plata
| otra vez...Ecuador demanda a Colombia por muerte de Franklin Aisalla.¡y la CIDH acepta¡
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5,00 | Se trata del caso de Franklin Aisalla, muerto en el operativo en el que cayó 'Raúl Reyes'. En un fallo histórico, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) decidió declarar "admisible" una demanda interestatal que elevó Ecuador contra Colombia, por la muerte de un ciudadano de ese país durante el bombardeo contra el campamento de Raúl Reyes, en marzo de 2008. Se trata de la primera vez en sus 50 años de existencia que este órgano hemisférico se atribuye competencia para entrar a estudiar la demanda hecha por un estado contra otro.
La información fue confirmada por la Procuraduría de Ecuador.
La demanda es extremadamente sensible pues, tras el bombardeo, ambos países rompieron relaciones y actualmente trabajan para restablecerlas plenamente. Más aún, por que fue el mismo estado ecuatoriano el que decidió llevar adelante la demanda contra Colombia en nombre de un ciudadano particular. Un procedimiento poco común y que el gobierno colombiano catalogó de "maniobra" para politizar el bombardeo.
Ahora los estados tendrán 3 meses para responder a los argumentos de fondo y se espera un falló final en aproximadamente un año. Según la demanda ecuatoriana, el ciudadano Franklin Aisalla sobrevivió al bombardeo pero luego fue rematado por el Ejército colombiano.
Los abogados, que se remiten a reportes forenses realizados en su país, dicen que Aisalla murió por "golpes a la cabeza" propinados por las tropas. Ecuador, en su demanda radicada en junio del 2009, alega que Colombia violó tres artículos de la Convención Interamericana de Derechos Humanos: el 4 (derecho a la vida), el 5 (debido proceso) y el 8 y el 25 (integridad física).
Por eso alegaba que la CIDH tenía competencia y pide reparación para la familia de Aisalla y una excusa pública, entre otras. Colombia siempre insistió que Aisalla murió como consecuencia del bombardeo, y por tanto, la CIDH no tendría competencia. En ese sentido, que el campamento de Reyes era un "blanco legítimo" y que el caso haría parte del Derecho Internacional Humanitario. Así mismo, que la CIDH solo puede mirar casos de violaciones a derechos humanos cometidos dentro del territorio colombiano. Dado que el bombardeo fue en Ecuador, la Comisión no tendría poder para mirar el caso. Aún así, existe el principio de la extraterritorialidad -invocado por Ecuador- bajo el cual un Estado sería responsable por crímenes cometidos en otro país cuando este ejerce control del territorio. Colombia se había defendido, a su vez, alegando que todavía no se habían agotado todos los recursos, pues el caso sigue siendo investigado y procesado en Colombia. La CIDH, sostienen, todavía no tendría un rol que jugar dado que esta opera cuando se agotan los recursos legales. Tan convencido estaba el Estado de su inocencia, que decidió levantarse de la mesa el día en que se celebró la audiencia de admisibilidad, en marzo de este año. Hecho que generó mucho malestar en el gobierno ecuatoriano, y críticas en la CIDH pues, dicen, el país perdió una oportunidad para defenderse. Ambos estados, bajo el paraguas de la CIDH, podrían llegar a una solución amistosa. Si esta no se da, y la Comisión falla a favor de Ecuador, el órgano haría "recomendaciones" al Estado colombiano -entre ellas el posible pago de reparaciones-, pero que no son obligatorias. Si el Estado optara por desconocer o no cumplir con las recomendaciones, la CIDH remitiría el caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en Costa Rica, que está facultada para imponer sanciones que si son de obligatorio cumplimiento.
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Última edición por JOHN777; 04-11-2010 a las 20:11:56 |