03-11-2010
, 18:16:30
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#33 |
Denunciante Épico
| Respuesta: Los contratos en la última semana de los ministerios del Gobierno Uribe Cita:
Iniciado por CASTRO RUZ Chorfan y RAP (porque a mí me gusta atender gente en grupo, pa que hagan contrapeso). 1) Por supuesto que yo sé que una Reserva presupuestal y un contrato son cosas diferentes, y no las estoy confundiendo. 2) Para el caso de un contrato estatal (como es el presente porque estamos hablando de contratos, no de transferencias ni nada diferente), la apropiación presupuestal se ejecuta, cuando se ejecuta el contrato, ¿o sino qué?, ¿cómo paga el valor del contrato sin haber ejecutado su objeto? Para muestra, celebre un contrato y déjese coger del fin de la vigencia fiscal con un 50% de ejecución, ¿a ver que le toca? pues liquidarlo y pagar solo el 50%, con lo cual ejecutó solo el 50% de la apropiación presupuestal. En otras palabras, una apropiación presupuestal es una autorización máxima de gasto que el Congreso de la República aprueba para ser comprometidas durante la vigencia fiscal respectiva y que al finalizar la vigencia fiscal expiran y en consecuencia no pueden a partir de ese momento comprometerse, adicionarse, transferirse ni contracreditarse. Luego entonces y como de lo que estamos hablando es de contratos, la ejecución de la apropiación está indisolublemente ligada a la ejecución del objeto contractual. 3) Entonces, Uribe la cagó, y no solo violó la 819 de 2003, sino que también violó el principio de planeación de la contratación estatal y de la función pública. De resto, sigan creyendo lo que quieran viejos, yo sé lo que sé y como no es el fruto de la improvisación, pues allá ustedes. | O sea que Uribe, en la última semana de su gobierno firmó "apropiaciones presupuestales" y no contratos? jajajaj
Y eso como es?
Y supongo que ahora ya dirá que tiene la razón!
No me crea tan H....!! |
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