“La sociedad tiene derecho a conocer la motivación”, dijo el Juez Sexto Penal de Bogotá al Inpec, a través de un fallo de tutela.
El
Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, deberá exponer públicamente cuáles fueron las razones que lo llevaron a
no trasladar a la cárcel La Picota de Bogotá al coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega, como lo ordenó la Juez Tercera Penal Especializada de la capital, luego de que el Juzgado Sexto Penal de la misma ciudad lo dictaminara mediante fallo de
tutela.
“La sociedad tiene derecho a conocer la motivación o razones en que se fundamenta
el traslado del coronel Luis Alfonso Plazas Vega a la Escuela de Infantería y no como lo dice el escrito de tutela al pabellón especial para personal de la
Fuerza Pública de la
Penitenciaría La Picota de Bogotá, como lo dispuso el Juzgado Tercero Penal Especializado el 5 de agosto del presente año”, dice la sentencia conocida por
ElEspectador.com.
Al tutelar el
derecho de petición invocado por los abogados que representan a la parte civil por el
holocausto del Palacio de Justicia, el operador jurídico sostuvo que no le asistía razón a la coordinadora de
Asuntos Penitenciarios del Inpec, Martha Rocío Peñuela Quijano, quien se negó a dar a conocer los argumentos que tuvo el organismo para trasladar al condenado a la
Escuela de Infantería, alegando razones de
seguridad para el detenido.
Para el
Juez Constitucional, el acto administrativo o resolución 7292 del 25 junio de 2010, que significó el aval del procedimiento por el Instituto, no contiene información que pueda alterar la institucionalidad o que pueda constituir amenaza alguna para la integridad nacional, estatal o social, que son las condiciones específicas en las que puede sustentarse la oficialidad para mantener en secreto el contenido de un documento de esta naturaleza.
De ahí que al Juzgado haya considerado “vaga y abstracta” la explicación otogada por el organismo para no revocar su decisión de recluir a
Plazas Vega en una guarnición
militar y no acceder a lo dispuesto por la
Juez María Stella Jara, que el 5 de agosto de 2010 reseñó a través de la expedición de un auto que
la condena a 30 años de prisión contra Plazas debía cumplirse en La Picota.
“La respuesta sobre el acto mencionado simplemente ha sido evasiva e incompleta, que precisamente es una de las formas de no satisfacer el
derecho de petición tal como lo ha señalado la
Corte Constitucional”, añadió el despacho.
Según el Juez Luis Malagón Bernal, titular del Juzgado,
no es suficiente que el Inpec se haya limitado a manifestar que la decisión de no trasladar al Coronel (r) al lugar indicado por la operadora que lo condenó se ajusta a derecho, por cuanto debe manifestar claramente cuál es el respaldo jurídico y fáctico del procedimiento.
Malagón Bernal se abstuvo de compulsar copias a la
Fiscalía y a la
Procuraduría General de la Nación, como lo solicitaban los accionantes, a fin de investigar
penal y
disciplinariamente a los funcionarios
Inpec que tuvieron parte en la actuación.
Luis Alfonso Plazas Vega fue condenado a 30 años de cárcel por la desaparición forzada de 11 civiles durante la recuperación del
Palacio de Justicia, que había sido tomado por
guerrilleros del M-19 el 5 de noviembre de 1985, confrontación en la que tuvo parte el
Oficial (r) como
Comandante de la Escuela de Caballería.
Fuente:
http://elespectador.com/noticias/jud...-no-fue-picota
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Qué pase el Inpec...