cordial saludo amigos de denunciando,,,
acudo ante ustedes el dia de hoy con un tema que me tiene bastante inquieto y del cual espero algo de colaboracion...
es cierto que en materia laboral no se pueden impugnar los acuerdos conciliatorios extrajudiciales entre el empleador y el trabajador?
y si se puede cual es termino q tengo antes de que caduque la accion??
de antemano agradezco x su colaboracion.....