Cita:
Iniciado por slayerslave “Que tengan un convencimiento de respeto, por ejemplo, sobre la vida humana; no se le puede obligar a una persona jurídica que tenga un convencimiento, un respeto hacia la dignidad del hombre y que esté establecido en sus estatutos, en su diario, obligar a practicar interrupciones”, precisó. |
Ah como asi , entonces ya no tenemos ke prestar servicio militar????
por ke YO RESPETO LA VIDA HUMANA. y no me pueden obligar a atentar contra ella, que es lo que haria al prestar servicio!!!!
AH EXCELENTE!!!!
KE VIVA LA OBJECION DE CONCIENCIAAAAAAAAAAAAAAAAA!!!!
pd: hay ke ver si este pseudo juez es amiguito del absolvedor general de la nacion , apuesto fue uno de los que tumbo lo de la medida contra la tauromaquia!!!