si señores, los comparendos despues de tres años no se cobran siempre y cuando no se hayan realizado los respectivos trramites administrativos, es decir, si colocan un comparendo y este se archivo , no se da tramite administrativo al pasar tres años se puede pedir la anulacion de dicho comparendo...... en el presente año expidieron un decreto de ley el cual por medio de un derecho de peticion, solicitando que sean borrados del sistema o descontados los partes antes del 2006 .. pero ojo solo por medio de derecho de peticion.... en radicandolos en las sedes administrativas de la secretaria de transito de cada c iudad o municipio en el cual se seles haya realizado el parte............
para mayor ijnformacion... 195 ext: 3 .... o en la pag:
www.simit.org.... aca puedes encontrar el estado de tus comparendos y la suma total a pagar y el lugar de donde te originaron dichos partes.........
suerte ..... y