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Reelección, sin plata y sin tiempo
Al trámite del referendo reeleccionista todavía le falta saltar varios obstáculos. Esta mañana dos anuncios importantes se sumaron a las diferentes noticias que este tema ha registrado durante esta semana.

El viernes pasado se conoció que los tres conjueces del Consejo Nacional Electoral certificaron que sí se violaron los topes para la recolección de firmas necesarias para presentar el proyecto. Este anuncio enfrentó de manera inmediata al Consejo Nacional Electoral y al grupo promotor del referendo reeleccionista, encabezado por Luis Guillermo Giraldo.

Por otra parte, el segundo proceso que deberá librar el proyecto reeleccionista es el estar contra el tiempo y con poco presupuesto, así lo aseguró el registrador nacional Carlos Ariel Sánchez. Sánchez explicó las razones por las que la entidad que dirige no puede garantizar la transparencia de las elecciones del próximo año debido a la falta de recursos para implantar un control biométrico en las mesas de votación, Advirtió que todavía no está el dinero, pues hasta que no se tenga la decisión de la Corte no se autorizará la partida para financiar las votaciones. Señaló, además que se necesitarían por lo menos dos meses desde la firma del presidente convocando a elecciones para cumplir el proceso.
LOS PECADOS PROCESALES DEL REFERENDO
1. Votación de medianoche

El 16 de diciembre a las 11 y 45 de la noche, mientras la Cámara de Representantes discutía el referendo reeleccionista, el gobierno expidió un decreto para convocar a una sesión extraordinaria. Por falta de tiempo, la plenaria de la Cámara estaba a punto de aplazar el segundo debate de la iniciativa, y como ese día los congresistas salían a vacaciones era muy probable que al otro día no se completara la mayoría uribista y quedara en vilo su aprobación.

A las 12 de la noche la plenaria continuó el debate y a las 3 aprobó el referendo.
Este martes 17, la Imprenta Nacional certificó que el llamado a la sesión extra del 17 de diciembre de 2008 –en el que se aprobó en segundo debate el referendo reeleccionista- se publicó oficialmente después de que la plenaria de la Cámara ya había aprobado la iniciativa popular.

Es decir, hay evidencia de que la sesión extra fue anunciada pero no publicada en la Gaceta del Congreso. El decreto además tenía la fecha del 17 de diciembre, cuando todavía era 16 de diciembre. La norma dice que el gobierno debe convocar a extras cuando el Congreso no esté sesionando.

2. Al diablo los topes

La semana pasada dos, de tres conjueces, decidieron declarar inválido el proceso de recolección de firmas del referendo reeleccionista, luego de comprobar que la financiación violó los topes legales. El fallo de los conjueces ya está en manos de la Corte Constitucional. Éste sin embargo puede ser demandado y hay quienes argumentan que se puede anular si se comprueba que los conjueces se extralimitaron en sus funciones.

Aunque es discutible que la competencia de los jueces para anular el proceso de recolección de firmas, no lo es el hecho de que los promotores del referendo sí se volaron los topes. Además, algunos de los aportantes a la campaña de recolección de firmas son contratistas del Estado.

La Corte Constitucional seguramente dirá cuales son las consecuencias jurídicas que tiene la violación de los topes en una campaña de referendo. La cuestión de fondo aquí es que no se puede sentar un precedente de que cualquiera (un narcotraficante por ejemplo) hacia el futuro, con el dinero suficiente para pagar una enorme recolección de firmas, consiga alterar la Constitución para servir su propio interés particular (la no extradición, por ejemplo).

3. ¿Sin licencia para aprobar el referendo?


Uno de los argumentos esgrimidos por la oposición es que sin la certificación del Registrador a la financiación del referendo, no se podía dar trámite a la iniciativa.
El registrador Carlos Ariel Sánchez certificó que el número de firmas era válido pero advirtió que no podía certificar que el trámite de la iniciativa cumplía con el resto de "requisitos” y sugirió que el Consejo Nacional Electoral investigara.

Si la certificación de la financiación de los referendos es requisito para que el Congreso pueda avocar el trámite es otro tema que la Corte Constitucional deberá resolver.

4. El parágrafito de la *******ia

El artículo que el referendo reeleccionista busca cambiar es el que reza que “Nadie podrá ser elegido para ocupar la Presidencia de la República por más de dos períodos”.
Sin embargo el referendo reeleccionista al formular el cambio del texto no tuvo en cuenta que este artículo contiene un parágrafo que dice “quien ejerza o haya ejercido la Presidencia de la República antes de la vigencia del presente Acto Legislativo sólo podrá ser elegido para un nuevo período presidencial”.

Hay quienes interpretan que este parágrafo hace las veces de un artículo independiente que pone límites a la reelección.

5. ¿Carta para uno?

El texto propuesto inicialmente preguntaba a la ciudadanía si estaba de acuerdo con cambiar la Carta Constitucional y permitir que “quien haya ejercido la Presidencia por dos períodos” pueda aspirar a un tercero.

El Congreso lo cambió, pues una interpretación de este texto decía que de ser aprobado así, el presidente Álvaro Uribe no podía presentarse a las elecciones de 2010 pues no en el momento de las elecciones no había terminado de “ejercer” la Presidencia.

Pero lo cambió por la pregunta si la gente está de acuerdo en que la Constitución quede “quien haya sido elegido para dos períodos” podrá aspirar “hasta tres veces” a la Presidencia.

El problema es que como quedó el texto finalmente excluye a los otros ex presidentes pues solo una persona cumple con el requisito de haber “sido elegido” para dos períodos: Uribe. Según la Ley una reforma constitucional se debe hacer para el bien general y no para beneficiar a una sola persona.

6. ¿Conciliadores sesgados?

La Corte Suprema de Justicia abrió una investigación preliminar a 86 congresistas que votaron el referendo reeleccionista la madrugada del 17 de diciembre. La decisión se debió a una demanda del representante Germán Navas Talero quien consideró que los congresistas podrían haber incurrido en prevaricato.

Varios de esos congresistas hicieron parte de la comisión de conciliación del referendo, que aprobó la consulta popular de tal manera que, en caso de que triunfe en las urnas, Uribe sí se pueda presentar a las elecciones de 2010. Hay quienes argumentan que estos representantes no podían participar de la conciliación pues podían incurrir en un nuevo prevaricato.



7. Reelegir en 2010 o en 2014


Cuando la iniciativa de aprobar una ley de referendo reeleccionista llegó a la Comisión I de la Cámara, había cuatro propuestas diferentes. Una de ellas proponía ajustar el texto original que tenía las firmas de los ciudadanos, pues éste daba lugar a la interpretación de que solamente podría ser elegido el Presidente que hubiera cumplido sus dos períodos constitucionales. Pero esta ponencia no fue discutida, en su lugar la Comisión decidió debatir la ponencia que contenía el texto tal y como lo firmaron los ciudadanos.

Como la ponencia que cambiaba el texto no fue debatida en esa Comisión, congresistas de la oposición argumentan que fue negada, y que la posibilidad de cambiar el texto original no se podía revivir en el Senado, como finalmente ocurrió.

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