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Antiguo 03-06-2008 , 12:42:32   #16
Doggy
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Alerta por abuso en consumo de bebidas energizantes que pueden resultar perjudiciales

El Ministerio de Protección Social estudia la posibilidad de exigir rótulos vistosos en los envases que destaquen las advertencias y contraindicaciones.
El estudio, con el soporte técnico del Invima, evalua la posible expedición de una norma para las latas de bebidas energizantes con prohibiciones de consumo para embarazadas y menores de edad, así como restricciones para otras personas.
Además, en menos de un mes, los concejales de Bogotá estudiarán un proyecto con el que se espera prohibir su venta y consumo en establecimientos públicos a menores de 15 años, para que padres y tenderos sean castigados si permiten que lo hagan.
La razón de estas propuestas es el uso que los adolescentes y jóvenes están dando a dichas bebidas, las cuales fueron creadas para dar energía adicional a personas que la necesitan, como los deportistas.
Unos las toman para sopor-tar largas horas de estudio; otros para "rumbear" una noche completa sin tener que tomar alcohol; unos más para amortiguar los efectos del licor, y los demás para "volar haciendo el amor" o para refrescarse porque están convencidos de que son similares a las bebidas hidratantes.
"No se pueden satanizar esta bebidas. Están aprobadas por entidades sanitarias del mundo tan importantes como la FDA (Administración de Medicamentos y Alimentos de E.U.) o la europea", asegura Julio César Aldana, director del Invima, quien, al igual que otros funcionarios del Estado, ha recibido quejas de padres de familia y médicos por la forma en la que los jóvenes las están tomando.
"Estamos preocupados por la falta de información de lo que implica el consumo en los menores de edad, por la venta y exhibición de este tipo de productos como si fueran jugos o bebidas hidratantes y por la mezcla con alcohol", explica Carolina Piñeros, directora ejecutiva de Redpapaz, que reúne a 46 colegios en Bogotá, Barranquilla y Cúcuta.
Exceso = efectos nocivos . . .
"En la medida en que se consuman mucho pueden llevar a estados de estimulación muy grande. Quitan el sueño, disminuyen el apetito y producen excitación. Cuando se mezclan con alcohol, estos efectos pueden afectar el comportamiento e incluso, en grandes cantidades, el estado de conciencia", explica Lucía Correa, presidenta de la Asociación Colombiana de Dietistas y Nutricionistas.
Esto sin contar que en personas susceptibles puede producir aumento de la tensión arterial, incremento de la frecuencia cardiaca y llegar a casos de arritmias, con consecuencias clínicas severas, más aún si los consumidores son menores de edad.
El Invima lo sabe, por ello exige bajos porcentajes de estos componentes en las bebidas, y la mayoría está por debajo de ellos.
"No son para todo el mundo. El que sean de venta libre no quiere decir que se deje de tener precauciones para consumirlas", concluye Correa.
Cuarenta y tres marcas tienen registro del Invima, aunque no necesariamente todas se estén comercializando. En la mayoría se leen advertencias como: "No recomendada para niños y personas sensibles a la cafeína", "No recomendable para diabéticos", "No recomendada para niños, embarazadas y diabéticos".
Otras no incluyen ninguna advertencia, tampoco hacen claridad en que no son bebidas hidratantes, porque su función no es reponer electrolitos y sales que pierde el organismo cuando se hace ejercicio.
Hugo Arce, representante legal y gerente de Shark, acepta que falta informar más sobre qué es una bebida energizante y cómo debe ser su consumo. "Los contenidos de cafeína, por ejemplo, no son altos como se cree. Tres bebidas de esta hacen por un café expreso italiano, que es el más fuerte", señala.
Más estudios sobre los efectos están pidiendo médicos, padres de familia e incluso los que las distribuyen. "Nosotros estamos obligados a ofrecer en nuestros bares alternativas distintas al alcohol y estas bebidas son respetuosas de las reglamentaciones.
Además, a nuestros bares entran adultos que se supone son conscientes al hacer su pedido", asegura Camilo Ospina, presidente de Asobares.
ÁNGELA CONSTANZA JEREZ
SUBEDITORA DE VIDA DE HOY
[email protected]

PROYECTO DE ACUERDO N°"POR EL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTICULOS 27, 28, 39, 40 Y 117 DEL ACUERDO 79 DEL 14 DE ENERO DE 2003 Y SE DICTAN OTRAS DISPOCISIONES"El Concejo de Bogotá, D. C, en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales,ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. El título del artículo 27 del Acuerdo 79 de 2003 quedará así:
Artículo 27. Comportamientos en relación con las bebidas embriagantes y energizantes.
Se adiciona un numeral a este artículo:
Numeral 3. No ofrecer y/o vender bebidas energizantes a los menores de 14 años.
ARTÍCULO SEGUNDO. Al artículo 38 de la prohibición a los adultos del Acuerdo 79 de 2003 se le adicionan dos numerales:
Numeral 13. Queda prohibido organizar fiestas para menores de 14 años en discotecas, tabernas, fuentes de soda, bares y demás establecimientos similares a ninguna hora del día o de la noche.
Numeral 14. Serán aplicables las sanciones previstas en el artículo 67 del Código del Menor, a los padres de familia y/o adultos que promuevan, faciliten o lleven a fiestas a cualquier hora del día o de la noche a menores de 14 años, a los establecimientos públicos mencionados en el numeral anterior.
ARTÍCULO TERCERO. Al artículo 39 de la prohibición a los menores de edad, del Acuerdo 79 de 2003 se le adicionan dos numerales:
Numeral 6. A Los menores de 14 años les queda prohibido ingresar a cualquier hora del día o de la noche a discotecas, tabernas, fuentes de soda, bares y demás establecimientos similares.
Numeral 7. A los menores de 14 años les queda prohibido comprar, portar y consumir bebidas energizantes.
Numeral 8. Los menores de 14 años que sean encontrados por alguna entidad competente, en los establecimientos señalados en el numeral 13 del artículo 38 de este acuerdo, podrán ser sujetos de las medidas de protección establecidas y derivadas en el artículo 29 del Código del Menor:
ARTÍCULO CUARTO. Al artículo 40 de los deberes de las autoridades de policía del Acuerdo 79 de 2003 se le adiciona un numeral.
Numeral 4. Adoptar las medidas necesarias para impedir que en los establecimientos públicos descritos en el numeral 13 del artículo 38 se realicen a cualquier hora del día o de la noche eventos o fiestas donde se permita el ingreso de menores de 14 años.
PARÁGRAFO PRIMERO. Las Alcaldías Locales tomarán junto con la Policía Metropolitana las medidas necesarias para hacer cumplir la prohibición establecida en el numeral 13 del artículo 38.
PARÁGRAFO SEGUNDO. La Secretaría de Gobierno a través de las Alcaldías Locales, en coordinación con el Instituto de Recreación y Deporte y el Instituto de Cultura y Turismo, promoverán y organizarán fiestas infantiles, en salones comunales, parques y otros escenarios públicos seguros y adecuados, donde personal idóneo y responsable velará por la protección de los niños menores de 14 años que asistan a los eventos.
ARTÍCULO QUINTO. Al artículo 117 de las normas de protección a las niñas y los niños que deben respetar los establecimientos del Acuerdo 79 de 2005 se le adiciona un numeral.
En numeral 1.5.1 quedará así: Bebidas embriagantes, energizantes, tabaco u sus derivados.
ARTICULO SEXTO. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

La Parte que esta en naranja es lo mas charro
la sociedad escudandose en el estado para que hagan lo que ellos no son capaz de hacer
no encontre la otra informacion ahi perdonaran


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Manejese bien pa que lo maten de ultimo

El amor es Imperfecto, Lo Perfecto es Inhumano

"LA VIOLENCIA ES SIEMPRE UN ACTO DE DEBILIDAD Y GENERALMENTE LA OPERAN QUIENES SE SIENTEN PERDIDOS" ((Paul Valery))

"El que no se apresura a creer en todo, es sumamente inteligente, pues disponerse a creer en un falso principio es
comenzar a carecer de sabiduría"
RP

RAP REPRESENT



Mucho gusto soy facil vengo en 7 sabores lavo plancho trapeo cocino cuido niños pinto casas empujo carros cojo goteras a domicilio


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