Respuesta: Duda en relación a bienes dentro de la sociedad conyugal. Ni a aquellas cosas personalísimas. Si el o ella se quieren pegar de ahí para quedarse con ese bien, lo pueden hacer. (Ahí se entra a conciliar y a repartir) Lo único que no entra dentro de la sociedad conyugal vigente son los bienes muebles o inmuebles adquiridos ANTES de comenzar la misma o las herencias. De resto, todo, todito, todo.... |