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Iniciado por ..::Neo_Matrix::.. Una pregunta: Hay una empresa que me debe la liquidación hace más de 3 años.... era la empresa de un conocido y pues nunca formalizamos el tema de liquidación aunque sí la renuncia y demás, aún hay derecho de reclamación??!! |
De reclamarse se podría, pero el término para demandar está prescrito, los derechos laborales prescriben a los 3 años..................El artículo 488 del código sustantivo del trabajo establece como regla general que las acciones encaminadas a reclamar los derechos laborales prescriben en 3 años contados desde la fecha en que tales derechos se hicieron exigibles