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Predeterminado Un trabajador no se puede tomar las vacaciones sin el consentimiento del empleador Calificación: de 5,00

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Un trabajador no se puede tomar sus vacaciones por su propia cuenta; necesariamente debe contar con el consentimiento o autorización del empleador.

Las vacaciones si bien son un derecho del trabajador, el hecho de cumplir con los requisitos para acceder a ellas no lo faculta para que se vaya de su trabajado sin la autorización de la empresa.

El artículo 187 del código sustantivo del trabajo es claro en afirmar que las vacaciones deben ser otorgadas por el empleador, ya sea de oficio o a petición del trabajador:

La época de vacaciones debe ser señalada por el patrono a más tardar dentro del año subsiguiente, y ellas deben ser concedidas oficiosamente o a petición del trabajador, sin perjudicar el servicio y la efectividad del descanso. (…)

De la lectura de la norma referida se interpreta que el trabajador sólo puede solicitar las vacaciones, o a lo sumo exigirlas si pasado el año de causadas la empresa no se las otorga, pero nunca se las puede tomar por su cuenta.

El trabajador que decida tomar sus vacaciones sin el consentimiento o autorización de la empresa, podría incurrir en abandono del cargo, puesto que se ausentaría de su trabajo por un largo periodo sin la debida autorización o permiso, y además sin una debida justificación, lo que podría implicarle alguna amonestación o incluso el despido.

Dentro del año siguiente a la causación del derecho a la vacaciones, el trabajador puede solicitar a la empresa que le otorgue las vacaciones, y la empresa es autónoma para otorgárselas o no. Pasado el año de plazo que el artículo 187 del código sustantivo del trabajo contempla, el trabajador puede exigirlas, lo que es muy diferente a solicitarlas, pero aún así no puede abandonar el puesto de trabajo.


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